TRANSFERENCIA DE ACCIONES

Decreto 304/98

Autorizase a la firma Meller Sociedad Anónima, a transferir acciones, a los accionistas integrantes del consorcio Aguas Argentinas Sociedad Anónima, de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión del Servicio de Provisión de Agua Potable y Desagües Cloacales.

Bs. As., 18/3/98

B.O., 24/3/98

VISTO el expediente Nº 0477/98 del registro de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por medio del cual tramita la presentación efectuada por la firma MELLER SOCIEDAD ANONIMA, requiriendo autorización para la transferencia de sus acciones en AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, a los demás accionistas de la Concesionaria. y

CONSIDERANDO:

Que en el CONTRATO DE CONCESION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES, aprobado por Decreto N° 787 de fecha 22 de abril de 1993, se estipula que los socios integrantes de la sociedad concesionaria, deberán ser las mismas personas que conformaron al adjudicatario, en las participaciones comprometidas en la oferta.

Que asimismo en el mencionado contrato se prevé la posibilidad de transferir acciones siempre que se mantenga la participación del socio operador en un VEINTICINCO POR CIENTO 125%) del capital social, y el CINCUENTA Y UNO POR CIENTO (51%) en propiedad del grupo adjudicatario (Conforme Cláusulas 2.3.2, 2.3.3 y 2.3.5 del referido Contrato).

Que el Estatuto Social de la empresa AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, aprobado por Decreto N° 787 de fecha 22 de abril de 1993, establece en su artículo 4° inciso b) la emisión - entre otras - de "...acciones Clase E, valor nominal PESOS UNO ($ 1) Y un Voto por acción, 3.240.000 acciones ordinarias, transferibles previa autorización del PODER EJECUTIVO...".

Que por las presentes actuaciones la Empresa MELLER SOCIEDAD ANONIMA solicita autorización para transferir las 3.240.000 acciones de su propiedad a diversos integrantes del Consorcio AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA.

Que las limitaciones expuestas en los considerandos precedentes, encuentran su fundamento en el carácter intuito personae del CONTRATO DE CONCESION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES, especialmente en el Artículo XIII del Anexo IX del mencionado Contrato.

Que por otra parte, el PLIEGO DE CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES, aprobado por Resolución N° 186 de la ex - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (HOY, SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS) del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de fecha 24 de Junio de 1992, incluía una previsión idéntica a la comentada del Contrato, en su Capítulo 6., Punto 6.3.

Que resulta oportuno y conveniente fijar un plazo de SESENTA (60) días, a partir de la publicación del presente, para hacer efectiva la transferencia solicitada.

Que, dentro del plazo de DIEZ (10) días de efectividad, la empresa AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, deberá notificar dicha circunstancia, a la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión.

Que, esta instancia no formula objeciones a la transferencia accionaria, atento a que la misma se efectuara dentro del propio grupo adjudicatario, no vulnerándose las cláusulas del CONTRATO DE CONCESION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y la Ley Nº 23.696, y de conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 787/ 93.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º.-Autorízase a la firma MELLER SOCIEDAD ANONIMA, a transferir 3.240.000 acciones ordinarias, Clase E, de su propiedad, valor nominal PESOS UNO ($ 1) y un voto por acción, a los accionistas integrantes del consorcio AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, SUEZ LYONNAISE DES EAUX, SOCIEDAD COMERCIAL DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA, SOCIEDAD GENERAL DE AGUAS DE BARCELONA y BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el CONTRATO DE CONCESION DEL SERVICIO DE PROVISION DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES, aprobado por DECRETO Nº 787/93.

Art. 2º-Concédese un plazo de SESENTA (60) días para hacer efectiva la transferencia accionaria, que se autoriza por el artículo 1°.

Art. 3º-La empresa AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, dentro del plazo de DIEZ (10) días de efectivizada la mencionada transferencia, deberá notificar dicha circunstancia a la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en su carácter de Autoridad de Aplicación del CONTRATO DE CONCESION DEL SERVICIO DE PROVISION DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES.

Art. 4º-Comuníquese el dictado del presente acto a la COMISION BICAMERAL DE REFORMA del ESTADO y SEGUIMIENTO DE LAS PRIVATIZACIONES del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, y al ENTE TRIPARTITO de OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).

Art. 5º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM. - Jorge A. Rodríguez.- Carlos V. Corach.