Resolución 208/2013

 

Programa de Recuperación del Ferrocarril Belgrano Sur. Créase el Comité de Evaluación y Selección.

 

Bs. As., 16/4/2013

 

VISTO el Expediente Nº S02:0020105/2012 del Registro de este Ministerio, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Nota Nº 755 de fecha 26 de junio de 2012, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha priorizado el financiamiento por el Banco Interamericano de Desarrollo de una operación de préstamo destinada a financiar el Programa de Recuperación del Ferrocarril Belgrano Sur.

 

Que a los efectos de preparar y negociar dicha operación, resulta necesario realizar estudios de demanda y viabilidad económica, socio-ambientales y un estudio técnico, institucional y financiero del sector, requeridos por la entidad de crédito que prestará dicho financiamiento.

 

Que la ejecución de los mencionados estudios, sería financiada mediante una Cooperación Técnica no reembolsable del Banco Interamericano de Desarrollo.

 

Que deviene necesario concretar un reordenamiento estratégico que permita alcanzar las metas políticas diagramadas, motivo por el cual es indispensable adoptar medidas que posibiliten actuar con eficiencia, en la optimización de los recursos comprometidos en los programas financiados por Organismos Internacionales de Crédito y países prestatarios.

 

Que en este sentido, se dictó el Decreto Nº 1438 de fecha 14 de agosto de 2012 creando en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE.

 

Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE, a través de la Unidad Ejecutora de Proyecto oportunamente creada por Resolución Nº 137 de fecha 22 de diciembre de 1997 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, tendrá a su cargo la preparación y negociación de la Cooperación Técnica precedentemente aludida y del Programa de Recuperación del Ferrocarril Belgrano Sur.

 

Que la unidad mencionada, cuenta con experiencia en la ejecución de proyectos con financiamiento internacional, habiendo ejecutado con fondos provenientes del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (B.I.R.F.) los préstamos BIRF Nº 4163-AR y Nº 7442-AR destinados al PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO DE BUENOS AIRES (PTUBA), llevando a cabo actualmente la ejecución del Préstamo BIRF Nº 7794-AR correspondiente al PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO PARA AREAS METROPOLITANAS (PTUMA).

 

Que en forma concordante a lo explicitado ut supra, es imperioso realizar la designación del organismo que impulsará las actividades conducentes a la preparación y negociación de la Cooperación Técnica precedentemente aludida, como así también del Programa de Recuperación del Ferrocarril Belgrano Sur.

 

Que en este orden, resulta oportuno propiciar la conformación de un Comité de Evaluación y Selección que analice las expresiones de interés, las propuestas técnicas y financieras y las ofertas que se presenten en el marco de los procedimientos de contratación de los estudios de preinversión previamente citados que financie dicha Cooperación Técnica, de conformidad a las políticas del organismo financiador.

 

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado intervención en las actuaciones citadas en el VISTO.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 875/2012.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

 

RESUELVE:

 

Artículo 1° — Desígnase como responsable de las actividades conducentes a la preparación y negociación de la Cooperación Técnica no reembolsable del Banco Interamericano de Desarrollo y del Programa de Recuperación del Ferrocarril Belgrano Sur, a la Unidad Ejecutora de Proyecto creada por Resolución Nº 137 de fecha 22 de diciembre de 1997 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, que funciona en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

 

Art. 2° — Créase el Comité de Evaluación y Selección para la contratación de los estudios de preinversión a ser financiados por la Cooperación Técnica del Banco Interamericano de Desarrollo en el marco del Programa de Recuperación del Ferrocarril Belgrano Sur priorizado por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en fecha 26 de junio de 2012.

 

Art. 3° — El Comité que se crea por la presente resolución, tendrá a su cargo el análisis de las expresiones de interés para la conformación de las respectivas listas cortas, las propuestas técnicas y financieras y/u ofertas relacionadas a los estudios mencionados en el artículo precedente, y ajustará su accionar a las Políticas del Banco Interamericano de Desarrollo.

 

Art. 4° — El Comité de Evaluación y Selección estará integrado por TRES (3) miembros titulares y TRES (3) suplentes. Cuando cualquiera de los primeros se ausente durante el proceso de evaluación, será sustituido por el respectivo suplente, teniendo en cuenta el orden en que se mencionan en los artículos 6° y 7° de la presente resolución.

 

Art. 5° — Desígnanse miembros titulares del Comité De Selección y Evaluación a la Licenciada María Julia PRESTERA (D.N.I. Nº 21.843.254), a la Contadora Mariana SPOTTI (D.N.I. Nº 23.792.625) y a la Doctora María Luisa ETCHEGOYEN (D.N.I. Nº 29.182.327).

 

Art. 6° — Desígnanse miembros suplentes de dicho Comité al Licenciado Rodrigo RODRIGUEZ TORNQUIST (D.N.I. Nº 27.493.319), a la Contadora María Florencia BALVERDE (D.N.I. Nº 23.485.127) y a la Doctora Marcela María Alejandra MAZIRIZ (D.N.I. Nº 17.586.175).

 

Art. 7° — Las evaluaciones que efectúe el Comité que se crea por la presente resolución y la selección de firmas resultante de aquéllas, deberán concretarse con la participación de tres  integrantes, quienes elaborarán las propuestas de listas cortas y recomendaciones de adjudicación que serán elevadas al Señor Coordinador General de la Unidad Ejecutora de Proyecto creada por Resolución Nº 137/1997 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE. El Coordinador General aprobará las listas cortas y las elevará al Señor Secretario de Transporte para su suscripción las recomendaciones de adjudicación.

 

Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Ramos.

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