MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Resolución Nº 525/2004

Bs. As., 20/9/2004

VISTO, el Expediente Nº 2638/2004 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº 238 de fecha 19 de junio de 2003, la Resolución Nº 178 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 2 de abril de 2004, la Resolución Nº 67 del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES de fecha 19 de abril de 2004, y el Decreto Nº 1064 de fecha 19 de agosto de 2004,

y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 67 del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES de fecha 19 de abril de 2004, se llamó a Licitación Pública Nacional para la Contratación de la Obra de Seguridad Vial denominada “MEJORA DE COLECTORA LIMA - ZARATE; (BS. AS.) RN Nº 9 KM. 100”.

Que el proceso licitatorio fue efectuado por el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en cumplimiento de lo encomendado en la Resolución Nº 178 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVER- SION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 2 de abril de 2004.

Que al Acto de apertura se presentaron CUATRO (4) oferentes, según consta en el Acta Nº 2 de fecha 31 de mayo de 2004.

Que sobre el particular ha tomado intervención la COMISION AUXILIAR, integrada por el Artículo 3º de la Resolución Nº 91 del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES de fecha 24 de junio de 2004, elaborando el pertinente informe, obrante a fojas 40/47 del expediente mencionado en el Visto.

Que la COMISION EVALUADORA, organizada por el Artículo 1º Resolución Nº 91 del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES de fecha 24 de junio de 2004, labró el Acta Nº 8 de fecha
23 de agosto de 2004, obrante a fojas 48/49 del expediente citado en el Visto, en donde luego de analizados los antecedentes técnicos propone la desestimación de las ofertas de la empresa NEUEN S.A., por no acreditar antecedentes en la ejecución de obras con microaglomerado en frío con asfaltos modificados y de la empresa C.O.V.Y.C. S.A, por no acreditar antecedentes en la ejecución de microaglomerados en frío con asfaltos modificados y por no subsanar las observaciones realizadas por el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES respecto de la documentación de la oferta.

Que asimismo, aconseja la adjudicación de la empresa CLEANOSOL ARGENTINA S.A.I.C.F.I, que con su oferta de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON SETENTA CENTAVOS ($ 1.914.434,70) se ajusta en un todo a las exigencias licitatorias, por lo que corresponde adjudicar a su favor la realización de los trabajos.

Que atento ello, se procedió a la publicación del DICTAMEN DE EVALUACION, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 33 del Pliego de Cláusulas Generales aprobado por la Resolución Nº 67 del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES de fecha 19 de abril de 2004, y dentro del plazo estipulado.

Que no se ha recibido impugnaciones de ninguna índole al DICTAMEN DE EVALUACION, habiéndose expirado el plazo a tales efectos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas, por la Ley Nº 13.064, y por el Artículo 1º del Decreto Nº 238 de fecha 19 de junio de 2003.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase el proceso de selección efectuado por el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en la Licitación Pública Nacional Nº 8 para la Contratación de la Obra de Seguridad Vial denominada “MEJORA DE COLECTORA LIMA - ZARATE; (BS. AS.) RN Nº 9 KM. 100”.


ARTICULO 2º — Desestímase por inadmisible las ofertas presentadas por las empresas NEUEN S.A. y C.O.V.Y.C. S.A por las causales invocadas en los CONSIDERANDOS de la presente medida.

ARTICULO 3º — Adjudícase las tareas que involucra la obra “MEJORA DE COLECTORA LIMA - ZARATE; (BS. AS.) RN Nº 9 KM. 100” a la firma CLEANOSOL ARGENTINA S.A.I.C.F.I, por el importe de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON SETENTA CENTAVOS ($1.914.434,70), con un plazo de ejecución de obra de CINCO (5) meses.

ARTICULO 4º — Autorízase al Director Ejecutivo del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIO- NES VIALES a suscribir toda la documentación necesaria para la contratación según el modelo de contrato que fuera aprobado como Anexo II de la Resolución Nº 67 del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES de fecha 19 de abril de 2004.

ARTICULO 5º — El gasto indicado en el Artículo 3º se imputará al Presupuesto de la Administración Nacional correspondiente al ejercicio 2004, Jurisdicción 56, Programa 50, Proyecto 14 —Obras de Seguridad en los Corredores Viales Nacionales—, Obra: 58 - MEJORA DE COLECTORA LIMA - ZARATE; (BS. AS.) RN Nº 9 KM. 100, Inciso 4, Partida Principal 2, Partida Parcial 2, y se atenderá con cargo a la Fuente de Financiamiento 14 - Transferencias Internas.

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO MIGUEL DE VIDO, Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

e. 24/9 Nº 458.985 v. 24/9/2004