Banco Nacional de Desarollo
(BANADE)
ANTECEDENTES DE LA INTERVENCIÓN A LA ENTIDAD

El 25 de septiembre de 1989 se puso en vigencia la Ley N0 23.697 de Emergencia Económica, que alcanzó al ex BANADE, estableciendo, entre otras cosas, un replanteo total de los regímenes de empleo, salariales y convenios colectivos del sector público, disponiendo mecanismos de retiro voluntario del personal y autorizando la venta de inmuebles innecesarios, deduciéndose de su contenido un congelamiento de las vacantes de la Administración Pública.

El 14 de noviembre de 1989 se reglamentó el Capítulo XVIII de la ley en cuestión mediante el Decreto N0 1226/89 referente al empleo en la Administración Pública Nacional, Empresas y Sociedades. Este decreto profundizó la reforma del Estado en cuanto a reducción del personal, estableciendo el cálculo del monto indemnizatorio a percibir por los agentes a dar de baja y la prohibición de reingresar a la Administración Pública por el término de cinco años.

El 4 de marzo de 1990 se publicó el Decreto N° 435/90, que contenía un conjunto de medidas para la continuación y profundización del programa de estabilización económica y de Reforma del Estado. En su Articulo 4to. establecía la intervención del Banco Nacional de Desarrollo por parte del Ministerio de Economía para acelerar su redimensionamiento y asegurar el cobro de su cartera activa.

El 2 de abril de 1990, mediante el Decreto N° 612/90, se prorrogó la vigencia de las medidas dispuestas por un nuevo término de 180 días y se obligó a jubilarse antes del 30 de abril de 1990 a todos los agentes que a esa fecha estuvieran en condiciones de obtener el porcentaje máximo del haber previsional, lo que se hizo extensivo al personal que dentro de los dos años posteriores a la entrada en vigencia del decreto estuviera en condiciones de acceder a la jubilación.

INTERVENCIÓN DE LA ENTIDAD

El 4 de mayo de 1990 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 866/90, que estableció la intervención lisa y llana del Banco Nacional de Desarrollo redefiniendo la estructura y funcionamiento de esta Entidad, disponiendo, principalmente:

· compensación de débitos créditos con la Subsecretaría de Hacienda y el Banco Central de la República Argentina,

· cese operativo de las sucursales y agencias de promoción minera,

· mantenimiento de la administración de la cartera hasta su reestructuración,

· reorientación de las operaciones hacia el mercado financiero mayorista,

· operatividad únicamente con empresas industriales, mineras y de servicios y cierre de todas las cuentas de los clientes que no revistaban en calidad de tales, dando aviso a sus titulares para la devolución de sus depósitos,

· realización de los bienes que se desafectaren,

· la modificación de la planta de personal mediante la implementación de un régimen de retiro voluntario, reglamentado por el Interventor el 24 de mayo de 1990.

De inmediato se iniciaron las gestiones necesarias para dar cumplimiento a estas disposiciones, según se indica:

· Se encaró la compensación de los saldos deudores y acreedores que relacionaban al ex — BANADE con la Secretaría de Hacienda. En el curso de estas tramitaciones se dictó el Decreto N° 1836/94, que en su texto implementaba la modificación del Decreto N° 2394/92 en el sentido de disponer la remisión de pleno derecho de los créditos y deudas entre organismos pertenecientes exclusivamente al Estado Nacional.

· En tanto, se avanzó con las gestiones con el Banco Central de la República Argentina -excluido expresamente de las disposiciones mencionadas en el párrafo anterior- arribándose a la conciliación de saldos clasificados por su fecha de corte, de la  cual, una vez refrendada por el Liquidador de este organismo, se dio traslado al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos en octubre de 1997, dentro del marco del Decreto N° 532/97.

· A mediados de junio de 1990 se concretó el cese operativo de todas las sucursales y de las agencias de promoción minera, las que trasladaron la administración de su cartera de préstamos a la Casa Central y quedaron funcionando operativamente en calidad de delegaciones, con tareas jurídicas y administrativas residuales y de cierre.

· Se dividieron las áreas encargadas del otorgamiento de créditos a las PyMES en los sectores Banca Mayorista y Banca Minorista, siguiendo los lineamientos aconsejados por ¡a consultora Price — Waterhouse. La primera se organizó como una subgerencia general especialmente orientada a canalizar la operatoria de segundo piso para los Bancos de plaza que, calificados crediticiamente, tomaban los préstamos necesarios para atender a su clientela. Esta gestión fue más tarde absorbida por el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE). Por otro lado, a través de la Banca Minorista el BANADE otorgaba los subpréstamos a sus clientes y mantenía el seguimiento de los créditos vigentes;

· realizado el relevamiento de las necesidades, se procedió a la venta o cesión en comodato de los bienes inmuebles pasibles de ser desafectados;

· con el objeto de desarrollar la planificación, organización, administración y control de la ejecución del proyecto de retiro voluntario, la Intervención consideró necesario contratar los servicios de la consultora recién nombrada. El programa elaborado fue presentado en proceso de conciliación obligatoria con la Asociación Bancaria, según lo acordado con el Ministerio de Trabajo. Como producto de la falta de restricciones del régimen se retiraron casi 1.800 agentes sobre un total de 3.163, lo cual desencadenó una reestructuración interna global y tareas de mudanzas constantes para mantener el funcionamiento con la planta residual de aproximadamente 1.300 personas.

En el aspecto administrativo, se resolvió la venta del Edificio Anexo sito en 25 de Mayo 101 (esquina Bartolomé Mitre) y, al ser declarada desierta de ofertas la primera subasta pública, se dispuso su cesión inmediata al Ministerio del Interior, incluyendo su mobiliario e instalaciones.

Esta entrega implicó para el BANADE la liberación de aproximadamente 8.000 m2 de edificio distribuidos en cuatro plantas y un subsuelo. Se debió emprender una mudanza rápida de todas las oficinas y archivos existentes, como así también el cierre de las aberturas que las comunicaban con el edificio lindero. A nivel técnico se recogieron las líneas provenientes del computador central y las líneas de energía eléctrica y telefónicas que tenían origen en el Edificio Central. Asimismo, se resintió el abastecimiento y la seguridad porque se perdió el acceso al área de almacenamiento de insumos y provisiones y el ingreso al tesoro principal con vehículos blindados que facilitaban el movimiento del numerario.

En consecuencia, se fueron redistribuyendo los sectores y, simultáneamente, liberando otros edificios (por ejemplo, el Edificio Nuevo, sito en 25 de Mayo 175, con once pisos y cinco subsuelos, que debió ser cedido completamente amueblado a la Comisión Nacional de Valores).

Todo este proceso se produjo en medio de incesantes conflictos laborales, paros de actividades, quites de colaboración y tomas de la entidad.

La reducción de personal en casi un 60%, que en algunas dependencias representó el total desmantelamiento de oficinas y sectores, y los percances mencionados precedentemente produjeron grandes atrasos en las registraciones contables y en la formulación de los balances, la interrupción de los circuitos informativos y administrativos de la entidad, la pérdida de información y su documentación de respaldo, la virtual paralización de la gestión de los juicios, la incapacidad de elaborar información oportuna y completa y otros efectos que a la fecha no han logrado cuantificarse y normalizarse en su totalidad.

Los archivos y antecedentes documentales de uso esporádico, que no podían mantenerse por la reducción del espacio físico ocupado, conjuntamente con los comprobantes de los sectores, oficinas y delegaciones desocupadas, sin aplicación en las tareas vigentes, fueron trasladados a un edificio de propiedad del entonces BANADE, sito en la calle Cochabamba 54 de esta Capital Federal, donde funcionaba su Archivo General.

A fines de 1999, la Subsecretaría de Normalización Patrimonial ordenó la desocupación del mismo y el traslado de los elementos allí resguardados al Archivo de propiedad del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, ubicado en Ciudad Evita.

El 6 de septiembre de 1990 se dictó el Decreto N0 1757, por el que se creó el COMITE DE RACIONALIZACIÓN DEL GASTO PÚBLICO, que asumió como función el estudio, análisis y provecto de las medidas tendientes a la reducción de las erogaciones del Estado. Por este motivo, se suspendieron los trámites de contratación, licitaciones públicas o privadas y compras perfeccionadas y realizadas por las distintas jurisdicciones de la Administración Centralizada y Descentralizada. El Banco perdió su autonomía, teniendo que requerir una autorización especial del Comité para efectuar gastos. En este contexto, ante la insuficiencia de recursos genuinos para atender la totalidad de sus pasivos, el Banco Nacional de Desarrollo tomó una operación de calí money en el Banco Hipotecario Nacional, que hacia fines de 1992 ascendía a casi 30 millones de pesos.

El 18 de septiembre de 1991 se dio a conocer el Decreto N° 1917/91 por el cual se dispuso la reorganización del Sistema Bancario Oficial incluido el BANADE. El personal de los Bancos Oficiales podría acogerse a los regímenes de incorporación a la Dirección General Impositiva, a la Administración Nacional de Aduanas y al Instituto Nacional de Previsión Social, de retiros voluntarios y otras opciones que cada Institución determinare.

A los efectos de coordinar acciones y dictar normas e instrucciones vinculadas a la reestructuración del Sector, se creó el Comité de Reorganización Bancaria. La conducción de cada Organismo instrumentó las medidas adecuadas para el mejor cumplimiento del decreto, ajustando sus normas a las directivas emanadas del Comité, orientándose a una disminución de los beneficios vigentes. Este proceso significó el retiro de 650 agentes, es decir, una reducción del 50 % del personal residual del entonces BANADE.

El 24 de septiembre de 1991 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 1887/91 que derogó artículos de los Decretos 435/90 y 1757/91, prohibiendo la habilitación de horas extraordinarias de labor para el personal de los Organismos Estatales y congelando las vacantes, medidas que en la práctica representaron nuevos obstáculos para la normalización de las tareas.

En diciembre de 1991, mediante el Decreto N0 2703/91 el Presidente de la Nación encomendó al Ministerio de Economía Obras y Servicios Públicos, al Banco de la Nación Argentina y al Banco Hipotecario Nacional la constitución de un nuevo Banco de Inversión y Comercio Exterior bajo la forma de Sociedad Anónima.

 

Fuente : Expediente de cierre BANADE.