RESOLUCION N° 134/92
Apruébanse las Condiciones
Particulares de los Pliegos de Bases y Condiciones correspondientes
a las licitaciones públicas de carácter nacional e internacional para la concesión
de la explotación de los servicios de pasajeros de FERROCARRILES METROPOLITANOS S.A. y de SUBTERRANEOS DE BUENOS
AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO.
BUENOS
AIRES, 29 ENE 1992
VISTO el
Expediente N° 3540/91 del registro de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por
Resolución M.E. O y S.P N 1456/91 fue aprobado el Pliego de
Bases y Condiciones Generales a regir en las licitaciones para la privatización
de la explotación de los servicios ferroviarios de pasajeros -de superficie y subterráneos-
del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.
Que el día
31 de enero de 1992 se efectuará la apertura del Sobre N° común a las
licitaciones de que se trata, ocasión en la cual, conforme a lo determinado en
las precitadas Bases (Punto 3-g) , deberán entregarse a los Oferentes las Condiciones
Particulares de las licitaciones correspondientes a los Grupos de Servicios 1
(LINEA MITRE), 2 (LINEA SARMIENTO) y 3 Subterráneos DE BUENOS-AIRES SOCIEDAD DEL
ESTADO y LINEA URQUIZA), previa aprobación de las mismas por la autoridad
competente.
Que dichas
Condiciones Particulares se ajustan a las normas generales establecidas en el
Artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 1105 de fecha 20 de octubre de 1989, reglamentario
del correlativo de la Ley N° 23.696, y a las particulares detalladas en el
Artículo 7° del Decreto N° 1143/91.
Que el
suscrito, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Decreto N° 1143/91,
está facultado por el Artículo 3° del mismo a aprobar la documentación de qué
se trata.
Por ello,
EL MINISTRO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° Apruébanse las Condiciones Particulares de los
Pliegos de
Bases y Condiciones correspondientes a las licitaciones públicas de carácter
nacional e internacional para la concesión de la explotación de los servicios
de pasajeros de FERROCARRILES METROPOLITANOS S.A. y de SUBTERRANEOS DE BUENOS
AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO, clasificados en dichas Bases bajo las
denominaciones:
*Grupo 1:
Los servicios urbanos y suburbanos de la LINEA MITRE.
*Grupo 2:
Los servicios urbanos y suburbanos de la LINEA SARMIENTO.
*Grupo 3:
Los servicios de SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES S.E. conjuntamente con los
urbanos y suburbanos de la LINEA URQUIZA.
Que como
Anexo forman parte de esta resolución
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese y
archívese. – Guido Di Tella.
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