DEUDA PUBLICA
Resolución 139/94
Establécense los títulos de la Deuda Pública Nacional elegibles para ser presentados como pago de precio en procesos de privatización.
Bs. As., 26/1/94
VISTO lo dispuesto por el artículo 14 inciso a) del Decreto N° 575 del 28 de marzo de 1990, modificado por el Decreto N° 1262 del 20 de julio de 1992 y las Resoluciones del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 551 del 29 de abril de 1992, N° 873 del 20 de julio de 1992, N° 1362 del 30 de noviembre de 1992 y N° 256 del 11 de marzo de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que el GOBIERNO NACIONAL ha decidido declarar la elegibilidad de la Deuda Pública Argentina a los efectos de sus programas de conversión de deuda.
Que se ha procedido al cierre del Plan Financiero 1992 y a la emisión de los distintos títulos de la Deuda Externa con los Bancos Comerciales, que en las condiciones establecidas cancelan la deuda anteriormente contraída.
Que la presente medida se dicta con el objeto de introducir modificaciones a las normas vigentes a fin de adaptarlas a las actuales exigencias.
Que asimismo la ley 23.982 y demás normas aplicables, reglamentaron en lo pertinente a la elección de ciertos instrumentos de deuda como es el caso de los Bonos de Consolidación Previsionales entre el total de bonos elegibles.
Que la facultad para el dictado de la presente emerge de lo dispuesto en el Artículo 14, inciso d) del Decreto N° 575 del 28 de marzo de 1990.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Los títulos de la Deuda Pública Nacional elegibles para ser presentados como pago del precio en los procesos de privatización llevados a cabo por el Gobierno Nacional, de acuerdo a lo establecido en la Ley 23.696 y su Decreto Reglamentario N° 1105 del 20 de octubre de 1989, son los siguientes:
TITULOS DE LA DEUDA PUBLICA EXTERNA.
Son aquellos originados en el Decreto N° 2321 del 4 de diciembre de 1992, a saber:
— Bonos Par (Par Bond)
— Bonos con Descuento (Discount Bond)
— Bonos a Tasa Flotante (FRB)
TITULOS DE LA DEUDA PUBLICA INTERNA
Son los especificados en la Ley 23.982 y su Decreto Reglamentario N° 2140/91 y por el Decreto N° 54/93, a saber:
— Bonos de Consolidación en Moneda Nacional.
— Bonos de Consolidación en Dólares Estadounidenses.
— Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en Moneda Nacional Serles I y II.
— Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en Dólares Estadounidenses Series l y II.
— Bonos de Consolidación de Regalías de Hidrocarburos.
Art. 2° — Ratifícase las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 31 y 34 del 19 y 24 de enero de 1994, por la que se determinan los coeficientes para las licitaciones del paquete accionario de "CENTRALES TERMICAS DEL LITORAL S.A." y "EMPRESA DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA PATAGONIA TRANSPA".
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Domingo F. Cavallo.