Decreto 1467/97
Desígnanse Presidente, Vicepresidente y Primer Vocal del Directorio.
Bs. As., 30/12/97
B.O: 7/01/98
VISTO el Decreto Nº 375/97, modificado por su similar N° 500/97 y el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 842/97, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 14 del Decreto N° 375/97. se crea en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL, dentro de la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE, actual SECRETARIA DE TRANSPORTE - el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (O.R.S.N.A.).
Que resulta necesario, en virtud de las importantes funciones que le han sido asignadas, que el mismo se encuentre constituido al momento de firmarse el Contrato de Concesión para la Explotación, Administración y Funcionamiento del Grupo A de Aeropuertos del Sistema Nacional de Aeropuertos.
Que de acuerdo al cronograma vigente, según Decisión Administrativa N° 688/97, la firma de dicho contrato esta prevista para el próximo 26 de enero de 1998.
Que para cumplir sus funciones, dicho Organismo Regulador, deberá elevar al PODER EJECUTIVO NACIONAL para su aprobación, su estructura organizativa dentro de los TREINTA (30) días de haber quedado constituido.
Que en función de la fecha y plazo citados en los considerandos anteriores, resulta menester proceder a su integración.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos l) y 7) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°-Desígnase Presidente del Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, al Dr. Carlos MARTINO (D.N.I. N° 6.510.650).
Art. 2°-Desígnase Vicepresidente del Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, al Lic. Alfonso Carlos ENSINCK (D.N.I. N° 4.302.605).
Art. 3°-Desígnase Primer vocal del Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, al Dr. Enrique Miguel SPINEDI (D.N.I. N° 7.599.761).
Art. 4°-Invítase a los Gobernadores de las Provincias donde se encuentren ubicados aeropuertos que integran el Sistema Nacional de Aeropuertos, a designar de común acuerdo, al Segundo Vocal del Directorio, dentro de los VEINTE (20) días a partir de la entrada en vigencia del presente decreto.
Art. 5°-A fin de posibilitar el escalonamiento previsto por el artículo 19 del Decreto N° 375/97, en los cargos de los integrantes del primer Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, establécese que el Presidente y el Vicepresidente ejercerán sus mandatos por el término de TRES (3) años, el Primer vocal por el término de DOS (2) años y el Segundo Vocal por el término de UN (1) año.
Art. 6°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.