LICITACION PUBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL SIN BASE
(Resolución N° 169 del 3 de agosto de 1995)
El Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos. en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24.045, Decreto 1318/94 y en la Resolución M.E.Y.O.S.P. N° 169/95. llama a Licitación Pública Nacional e Internacional sin base, en los términos y condiciones establecidos en el respectivo Pliego dé Bases y Condiciones. para la venta en bloque y en forma conjunta al sector privado. del paquete accionario constituido por la totalidad de las acciones Clase A’ de PETROQUIMICA BAHIA BLANCA S.A.I.C. las cuales representan el CINCUENTA Y UNO POR CIENTO (51 %) del capital social con derecho a voto de la sociedad, actualmente de propiedad del Estado Nacional, a través del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, conjuntamente con DOSCIENTOS VEINTIUN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES (221.363.983) acciones nominativas ordinarias no endosables de PESOS UNO ($ 1) valor nominal cada una y de un voto por acción de INDUPA S.A.I.C. las cuales representan el TREINTA Y OCHO COMA DIECIOCHO POR CIENTO (38,18 %) del capital social con derecho a voto de la sociedad, de propiedad del Estado Nacional, a través del BANCO NACIONAL DE DESARROLLO (en liquidación).
El Pliego de Bases y Condiciones podrá adquirirse en las dependencias de la SECRETARIA DE FINANZAS BANCOS Y SEGUROS, Hipólito Yrigoyen 250, piso 10°, oficina 1020. Buenos Aires. República. Argentina, hasta el QUINTO (50) día anterior a la fecha de apertura de los Sobres N° 1, en el horario de 12 a 15 horas, al valor de U$S 15.000.
En el mismo lugar y horario deberán formularse todas las comunicaciones, presentaciones y consultas, y se presentarán las ofertas.
Las Salas de Información se abrirán el día 8.de setiembre de 1995. y el día 5 de setiembre. a las 18 botas se realizará en el lugar mencionado, el primer sorteo entre los que hubieran adquirido el pliego hasta ese día, para determinar el orden de acceso a las mismas.
Los siguientes actos previstos en el Pliego de Bases y Condiciones tendrán lugar en las dependencias de la SECRETARIA DE FINANZAS, BANCOS Y SEGUROS mencionadas, en las siguientes fechas:
a) Acto. de Apertura de los Sobres N° 1 de las ofertas:
20 de noviembre de 1995 a las 15 horas.
b) Acto de Apertura de los Sobres N° 2 de las ofertas:
4 de diciembre de 1995 a las 17 horas.
RESOLUCION 169/1995
BUENOS AIRES. 23 AGO 1995
VISTO el expediente N° 710-000151/95 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y lo dispuesto por las Leyes Nros. 23.696 y 24.045, los Decretos Nros 1105 del 20 de octubre de 1989. 1398 del 23 de julio de 1990, 185 del 24 de enero de 1992 y 1318 del 4 de agosto de 1994 y las Resoluciones de registro del MINISTERIO DE DEFENSA Nros. 1853 del 27 de noviembre de 1992 y 123 del 15 de enero de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1398/90 aprobado por Ley N° 24.045, se declaró "sujeta a privatización" la sociedad PETROQUIMICA BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL y COMERCIAL.
Que por Resolución N° 1853/92 del MINISTERIO DE DEFENSA se efectuó un llamado a Concurso-subasta Público Nacional e Internacional para la venta en bloque al sector privado del paquete accionario mayoritario de la sociedad citada, el cual fue declarado desierto por Resolución N° 123/93.
Que resulta necesario efectuar el segundo llamado a licitación para proceder a la privatización dispuesta. dictando las normas a las que se ajustará la venta.
Que por Decreto N° 1318/94 PETROQUIMICA BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL y COMERCIAL fue transferida a jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a quien se le delegó el ejercicio de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por la Ley N° 23.696 a los fines de la privatización de la citada sociedad.
Que con motivo del acuerdo homologado en los autos caratulados "INDUPA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL s/CONCURSO PREVENTIVO" en tramite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 9, Secretaria N° 18, el Estado Nacional ha capitalizado las acreencias verificadas en dicho concurso a favor del BANCO NACIONAL DE DESARROLLO (en liquidación) en acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal PESOS UNO ($ 1) cada una y con derecho a un voto por acción de INDUPA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL y COMERCIAL.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 23.696, y en virtud de que la participación accionaria referida no le otorga la mayoría de capital social necesario para ejercer el control de la entidad, resulta procedente la privatización de las acciones adquiridas, en forma inmediata.
Que tendiendo a mantener la integración del polo petroquímico, y por aplicación del principio de celeridad, economía, sencillez y eficacia (Ley N° 19.549, Artículo 1°, inciso b) y reglamentación al Artículo 11° de La Ley N° 23.696) resulta conveniente la venta en bloque y en conjunto del paquete accionaria mayoritario de PETROQUIMICA BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL y COMERCIAL, y de las acciones adquiridas por el Estado Nacional, por capitalización de créditos verificados en el concurso preventivo de INDUPA SOCIEDAD ANON1MX INDUSTRIAL Y COMERCIAL.
Que el suscripto resulta competente en virtud de lo dispuesto en las Leyes N° 23.696 y 24.045 y Decretos Nros. 1105/89 y N° 13 18/94.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Llámase a Licitación Pública Nacional e Internacional, para la venta en bloque y en forma conjunta al sector privado, del paquete accionario constituido por la totalidad de las acciones Clase "A" de PETROQUIMICA BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL y COMERCIAL, las cuales representan el CINCUENTA Y UNO POR CIENTO (51%) del capital social con derecho a voto de la sociedad, actualmente de propiedad del Estado Nacional, a través del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, conjuntamente con DOSCIENTOS VEINTIUN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES (221.363.983) acciones nominativas ordinarias no endosables de PESOS UNO ($ 1) valor nominal cada una y de UN (1) voto por acción de INDUPA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL y COMERCIAL, propiedad del Estado Nacional, a través del BANCO NACIONAL DE DESARROLLO (en liquidación), como consecuencia del ejercicio del derecho de capitalización emergente de lo resuelto en el concurso preventivo de la sociedad.
ARTICULO 2°.- Apruébase el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES que rige la presente Licitación Pública Nacional e Internacional, que integra la presente resolución como ANEXO, fijándose su precio de venta en la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MIL (U$S 15.000).
ARTICULO 3°.- Se establece que, por carecer de legislación específica la producción y comercialización del etileno - objeto de la actividad de PETROQUIMICA BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL y COMERCIAL -, resulta inaplicable al presente llamado el Artículo 5° de la Ley 24.045 y su reglamentación por Decreto 1318/94.
ARTICULO 4°.- Las ofertas podrán ser presentadas en la SECRETARIA DE FINANZAS, BANCOS Y SEGUROS, Balcarce 250, piso 10°, oficina 1020, hasta las 15 horas del día 20 de noviembre de 1995.
ARTICULO 5°.- Las consultas y adquisiciones de los Pliegos de Bases y Condiciones se efectuarán en las dependencias de la SECRETARIA DE FINANZAS, BANCOS Y SEGUROS, Balcarce 250, piso 10°, oficina 1020, en días hábiles administrativos, en el horario de 12 a 15 horas.
ARTICULO 6°.- La presente Licitación se realiza sin base.
ARTICULO 7°.- El precio que coticen los oferentes deberá abonarse en efectivo en DOLARES ESTADOUNIDENSES.
ARTICULO 8°.- Las circulares aclaratorias del Pliego de Bases y Condiciones se emitirán en todos los casos "ad referéndum" del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
ARTICULO 9°.- La ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO DE LA NACION estará presente en los actos de apertura de las ofertas, custodiará los sobres N° 2 y labrará acta de todo lo actuado.
ARTICULO 10.- El presente llamado se publicará durante DIEZ (10) días en el Boletín Oficial de la República Argentina y en TRES (3) diarios de amplia circulación en el país. Dispónese asimismo la difusión del presente llamado en el exterior y se cursen invitaciones requiriéndose a tal efecto la colaboración del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTICULO 11.- Comuníquese a la COMISION BICAMERAL del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION en cumplimiento del Artículo 14 de la Ley N° 23.696.
ARTICULO 12.- Dése al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES la participación prevista en el Artículo 11 de la Ley N° 23.696 y su Decreto Reglamentario N° 1105/89.
ARTICULO 13.- Hágase saber a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION.
ARTICULO 14.- Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese.
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