PRIVATIZACION DE EMPRESAS
Facultades que serán asignadas al Ministerio de Economía y que fueran asignadas en su oportunidad al ex Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y/o sus organismos dependientes.
DECRETO N° 328/82
Bs. As., 12/08/82
VISTO las Leyes Nros. 22.177 y 22.520, como así también los Decretos Nros. 970 del 11 de agosto de 1981 y 22 del 22 de diciembre de 1931, y
CONSIDERANDO
Que por el mencionado Decreto N° 970/81 se dispuso la privatización de la empresa, SIAM Sociedad Industrial Americana Maquinarias Sociedad Anónima, asignando facultades al ex Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 22.177.
Que mediante la Ley N° 22.520 y el Decreto N° 22/81 se ha dispuesto una nueva organización ministerial, en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, como asimismo de los organismos inmediatos de cada jurisdicción, lo cual modifica el criterio establecido por la Ley N° 22.450 y su Decreto Reglamentario N° 42 del 29 de marzo de 1981.
Que en atención a ello corresponde adecuar las facultades otorgadas por el Decreto N° 970/81, a las disposiciones del aludido nuevo ordenamiento legal.
Que en virtud de lo expuesto la Secretaria de Industria y Minería es el organismo idóneo para que por conducto del mismo se oriente todo lo relativo al procedimiento de privatización establecido por el Decreto N° 970/81.
Que el presente decreto se dicta en atención a lo establecido por el artículo 1° de la Ley N° 22.177.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° Las facultades asignadas al ex Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y/o sus organismos dependientes, por el Decreto N° 970 del 11 de agosto de 1981, serán ejercidas por el actual Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Industria y Minería,
Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - BIGNONE - José M. Dagnino Pastore