PRIVATIZACION DE EMPRESAS

Facultades que serán asignadas al Ministerio de Economía y que fueran asignadas en su oportunidad al ex Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y/o sus organismos dependientes.

DECRETO N° 328/82

Bs. As., 12/08/82

VISTO las Leyes Nros. 22.177 y 22.520, como así también los Decretos Nros. 970 del 11 de agosto de 1981 y 22 del 22 de diciembre de 1931, y

CONSIDERANDO

Que por el mencionado Decreto N° 970/81 se dispuso la privatización de la empresa, SIAM Sociedad Industrial Americana Maquinarias Sociedad Anónima, asignando facultades al ex Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 22.177.

Que mediante la Ley N° 22.520 y el Decreto N° 22/81 se ha dispuesto una nueva organización ministerial, en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, como asimismo de los organismos inmediatos de cada jurisdicción, lo cual modifica el criterio establecido por la Ley N° 22.450 y su Decreto Reglamentario N° 42 del 29 de marzo de 1981.

Que en atención a ello corresponde adecuar las facultades otorgadas por el Decreto N° 970/81, a las disposiciones del aludido nuevo ordenamiento legal.

Que en virtud de lo expuesto la Secretaria de Industria y Minería es el organismo idóneo para que por conducto del mismo se oriente todo lo relativo al procedimiento de privatización establecido por el Decreto N° 970/81.

Que el presente decreto se dicta en atención a lo establecido por el artículo 1° de la Ley N° 22.177.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Las facultades asignadas al ex Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y/o sus organismos dependientes, por el Decreto N° 970 del 11 de agosto de 1981, serán ejercidas por el actual Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Industria y Minería,

Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - BIGNONE - José M. Dagnino Pastore