ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
Resoluci�n N� 39/2008
Bs. As., 3/7/2008
El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y
SANEAMIENTO ha dictado en el expediente N� 341-08 la Resoluci�n ERAS N� 39 de fecha
3/7/08, mediante la cual crea una Comisi�n de estudio que analice y elabore las
propuestas referidas a las instalaciones sanitarias internas y al marco legal
de regulaci�n de las mismas, transcribiendo a continuaci�n los art�culos:
�ARTICULO
1�.- Cr�ase una Comisi�n de
estudio que analice y elabore las propuestas referidas a las instalaciones
sanitarias internas y al marco legal de regulaci�n de las mismas, la cual
estar� integrada por un representante de la GERENCIA TECNICA, de la GERENCIA DE
ATENCION AL USUARIO y de la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS del ENTE REGULADOR DE
AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).
ARTICULO
2�.- La Comisi�n deber�
realizar una propuesta de an�lisis y diagn�stico de la situaci�n en el plazo de
SESENTA (60) d�as y abocarse, en el t�rmino de NOVENTA (90) d�as posteriores a la conformidad del Directorio de este ENTE REGULADOR DE AGUA Y
SANEAMIENTO (ERAS), a la regularizaci�n de la actividad conforme los objetivos
fijados en los Anexos I y II de la presente resoluci�n.
ARTICULO 3�.- Inv�tase a la Empresa AGUA
Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. a designar un representante para integrar el
equipo de trabajo de la Comisi�n conformada por el art�culo 1� de la presente
resoluci�n.
ARTICULO 4�.- Inv�tase a la Comisi�n Asesora del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
(ERAS) a integrar el equipo de trabajo de la Comisi�n conformada por el
art�culo 1� de la presente resoluci�n.
ARTICULO 5�.- Inv�tase a la CAMARA ARGENTINA DE LAS INSTALACIONES PARA FLUIDOS
(CAIF); al INSTITUTO DE RACIONALIZACION DE MATERIALES (IRAM), a los COLEGIOS DE
INGENIEROS Y DE ARQUITECTOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y a los CONSEJOS
PROFESIONALES DE INGENIERIA CIVIL y de ARQUITECTURA Y URBANISMO a designar,
respectivamente, un representante para integrar el equipo de trabajo de la
Comisi�n conformada a trav�s del art�culo 1� de la presente resoluci�n�.
Firma: Dr. CARLOS M. VILAS, Presidente.
Expte.: 341-08
ANEXO I
Lineamientos b�sicos sin que sean limitativos de los aportes que puedan
efectuar las partes intervinientes, sobre la base de los cuales se efectuar� la
propuesta a elevarse a consideraci�n del Directorio:
a- La formulaci�n por parte del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
(ERAS) de una normativa unificada para aplicaci�n en toda el �rea regulada que
permitir� evitar una atomizaci�n regulatoria, reordenando y sistematizando las
cuestiones t�cnicas relativas a planos, materiales y dem�s normas vinculadas a
la especialidad.
b- La implementaci�n por parte de la Concesionaria AGUA Y SANEAMIENTOS
ARGENTINOS S.A. (AYSA) de un mecanismo a trav�s del cual autorice la gesti�n de
las conexiones domiciliarias de agua y/o cloaca y extienda la factibilidad,
previo a la presentaci�n de la documentaci�n correspondiente al proyecto ante
la oficina autorizada de los gobiernos locales, en funci�n del planeamiento
urbano de la ciudad.
c- Recepci�n en la oficina de los gobiernos locales del proyecto y de la
documentaci�n de la obra, antes de su iniciaci�n, acompa�ada de la factibilidad
otorgada por AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AYSA), de las conexiones de
los servicios de agua y/o cloaca, sean �stas existentes o a construir,
correspondiente a dicho proyecto.
d- Determinaci�n del responsable del proyecto, direcci�n y construcci�n
de las Instalaciones Sanitarias y Perforaciones; tanto de la calidad del
proyecto, de los materiales empleados, de los artefactos instalados, de la
construcci�n de las obras y del estricto cumplimiento de las normas y de las
reglamentaciones vigentes.
e- Determinaci�n de quien debe intervenir en la aplicaci�n de la
normativa y aprobaci�n de los proyectos.
f- En el caso de las perforaciones la gesti�n se realizar� con
intervenci�n de la autoridad competente en el �mbito de cada jurisdicci�n.
g- Determinaci�n de la autoridad que debe realizar
las inspecciones obligatorias de control e informativas.
h- El certificado de funcionamiento con un plano
que responda a la obra ejecutada deber� ser extendido en la inspecci�n final de
funcionamiento.
i- Exigencia del uso de ca�er�as, artefactos o
dispositivos para la construcci�n de las obras, que habiendo sido sometido a
ensayos, an�lisis y/o comprobaciones t�cnicas, cuenten con certificado de
aptitud para su uso espec�fico bajo normas Nacionales e Internacionales.
ANEXO II
Lineamientos b�sicos sin que sean limitativos de
los aportes que puedan efectuar las partes intervinientes, sobre la base de los
cuales se efectuar� la propuesta a elevarse a consideraci�n del Directorio:
a- Evaluar el dictado de una Resoluci�n que declare
la vigencia de todas las aprobaciones acordadas por la ex Empresa Obras
Sanitarias de la Naci�n y que fueran contempladas en el art�culo 3� de la
Resoluci�n N� 81.485 del Liquidador de la Empresa Obras Sanitarias de la
Naci�n.
b- Analizar la vigencia y homologaci�n de las
aprobaciones expuestas en el ac�pite anterior.
Adem�s deber� tambi�n realizar el estudio de las
Normas Nacionales e Internacionales por las que se determine tanto el proceso
de fabricaci�n de materiales, como el de su acopio y su utilizaci�n. En ese
punto deber� analizarse la adopci�n de las citadas normas, la adopci�n de unas
distintas y/o complementarias las que deber�n ser propuestas justificadamente.