RESOLUCION
N° 46/96
BUENOS
AIRES, 22 AGO 1996
VISTO el
Expediente Nº 080-003308/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS Y
SERVICIOS PUBUCOS, por el cual tramitan las modificaciones de los Planes de
Acción y de los Presupuestos correspondientes al ejercicio 1996 de FORJA
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA
ARGENTINA (en liquidación) y la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD
ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), que fueran aprobados
por la Resolución Nº 584 del 27 de noviembre de 1995, Resolución N° 30 del 3 de
enero de 1996 y Resolución Nº 780 del 14 de junio de 1996, respectivamente, dictadas
por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que las
tareas remanentes del proceso liquidatorio de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA
(en liquidación) determinan la necesidad de modificar el Presupuesto del ente
aprobado para 1996, existiendo al r de enero del presente ejercicio un saldo
real de disponibilidades que no será utilizado.
Que
mediante Resolución N° 314 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS. Y SERVICIOS PUBLICOS se ha resuelto
considerar el Estado Patrimonial al 30 de junio de 1994 de SOCIEDAD MIXTA
SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación) como estado de liquidación de la misma.
Que no
obstante ello, quedan aún tareas remanentes que determinan la necesidad de
modificar el presupuesto aprobado para el ejercicio 1996 de SOCIEDAD MIXTA
SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación), debiendo contar con financiamiento
adicional al dispuesto originalmente para atender las erogaciones que dicho
ente demande en materia de gastos corrientes.
Que
asimismo resulta necesario incrementar los recursos financieros de la EMPRESA
LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL
MAYORITARIA (en liquidación), declarada disuelta y en estado de liquidación por
la Resolución N° 394 del MlNISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
del 13 de marzo de 1996, para ser aplicados a la cancelación parcial, durante
el presente ejercicio, de los pasivos que esa sociedad mantiene con proveedores
y agentes del exterior.
Que a fin de
agilizar los procesos liquidatorios pendientes y permitir el eficiente manejo
de los fondos existentes en los Entes en Liquidación, resulta de importancia
reasignar los recursos disponibles en FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en
liquidación).
Que obra en
las actuaciones el dictamen favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto.
Que, en
mérito a ello, la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades que
emergen de los Artículos 49 y 52 de la Ley Nº 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y del
Decreto Nº 1.361 del 5 de agosto de 1994.
Por ello,
EL MINISTRO
DE ECONOMIA y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Modifícase el Presupuesto del
ejercicio 1996 de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), aprobado
por la Resolución Nº 584 del 27 de noviembre de 1995, de acuerdo con el detalle
de la planilla anexa al presente Artículo, que forma parte integrante del
mismo.
ARTICULO 2º - En virtud de las modificaciones
dispuestas por el Articulo 1°, la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL ($
1.300.000) será destinada a financiar los gastos corrientes de SOCIEDAD MIXTA
SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación) y la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000)
será destinada a cancelar parcialmente los pasivos diferidos que la EMPRESA
LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA
(en liquidación) mantiene con proveedores y agentes del exterior.
ARTICULO 3° - Como consecuencia de la
transferencia fijada por el Artículo 2°, modifícase el Presupuesto del
ejercicio 1996 de SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación),
aprobado por la Resolución Nº 30 del 3 de enero de 1996, de acuerdo con el
detalle de la planilla anexa al presente Artículo, que forma parte integrante
del mismo.
ARTICULO 4° - Como consecuencia de la
transferencia fijada en el Artículo 2°, modifícase el Presupuesto del ejercicio
1996 de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON
PARTIClPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), aprobado por la Resolución
Nº 780 del 14 de junio de 1996, de acuerdo con el detalle de la planilla anexa
al presente Artículo, que forma parte integrante del mismo.
ARTICULO 5º - Teniendo en cuenta las
modificaciones dispuestas en los Artículos 1º, 3º y 4° precedentes, se establecen
los Presupuestos para el ejercicio 1996 de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en
liquidación), SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación) y la EMPRESA
LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA
(en liquidación) en las cifras que figuran en las planillas anexas al presente
Artículo, que forman parte integrante del mismo.
ARTICULO 6º - Apruébase el Plan de Acción y el
Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1996 de FORJA
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), adecuado a las modificaciones
presupuestarias dispuestas por el Articulo 1º, de acuerdo al detalle que figura
en las planillas que como Anexo I forman parte integrante de la presente
Resolución.
ARTICULO 7º - Apruébase el Plan de Acción y el
Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1996 de SOCIEDAD
MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación), adecuado a las modificaciones
presupuestarias dispuestas por el Articulo 3º, de acuerdo al detalle que figura
en las planillas que como Anexo II forman parte integrante de la presente
Resolución.
ARTICULO 8° - Apruébase el Plan de Acción y el
Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1996 de la EMPRESA
LINEAS MARlTIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA
(en liquidación), adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por
el Articulo 4°, de acuerdo al detalle que figura en las planillas que como
Anexo III forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 9° - Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Dr. Roque Benjamín FERNANDEZ.