Decisión Administrativa 657/97
Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de la administración, explotación y funcionamiento de un conjunto de aeropuertos. Reanúdase el procedimiento aprobado por el Decreto N° 375/97 y apruébase el nuevo cronograma.
Bs. As., 21/10/97.
VISTO el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 842 del 27 de agosto de 1.997, los Decretos Números 375 del 24 de abril de 1.997 y 500 del 2 de junio de 1.997 y la Decisión Administrativa N° 478 del 29 de agosto de 1.997, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 375 del 24 de abril de 1.997, se llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional para otorgar la concesión de la administración, explotación y funcionamiento de un conjunto de aeropuertos que forman parte del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS.
Que por el Decreto N° 500 del 2 de junio de 1.997, se aprobaron el Pliego de Bases y Condiciones y el Modelo de Contrato de Concesión para la mencionada Licitación.
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 842 del 27 de agosto de 1.997, aprobó los decretos citados en los considerandos precedentes y todos los actos dictados como consecuencia de la aplicación de los mismos.
Que conforme las facultades otorgadas por el artículo 3° "in fine" del Decreto N° 375/ 97, por Decisión Administrativa N° 478/97 se estableció un nuevo cronograma para el desarrollo del procedimiento relativo a la Licitación Pública Nacional e Internacional mencionada en el primer considerando de la presente.
Que dicho cronograma no pudo cumplirse en su totalidad como consecuencia de la decisión recaída en la causa "NIEVA, ALEJANDRO y Otros c/Poder Ejecutivo Nacional S/Medida Cautelar" en trámite por ante el JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL N° 5, en la que se resolvió suspender los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 842/97 y/o los de otra reglamentación concordante.
Que en las citadas actuaciones judiciales se ha interpuesto recurso extraordinario directo ante la EXCELENTISIMA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION.
Que de acuerdo a lo decidido por el mencionado Superior Tribunal, la mera interposición del recurso extraordinario suspende los electos de la sentencia recurrida, hasta tanto se resuelva acerca de su concesión o denegación (conforme: "Cesar Arias en los autos Juan Rodrigo y Carlos Schamas s/queja" causa J. 8 XXIV; "Escobar Jorge Alberto s/presentación", de fecha 23 de setiembre de 1.993; "ESUCO S.A. c/Provincia de Buenos Aires s/Demanda" de fecha 23 de junio de 1994; "Osswald María G." de fecha 17 de abril de 1.995).
Que en los antecedentes citados en el considerando anterior, se señaló que salvo en los supuestos previstos por el artículo 258 o el artículo 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (supuestos que no se dan en el caso) las sentencias no son ejecutables en tanto no se encuentren consentidas o ejecutoriadas (en igual sentido Fallos 213; 195; 306; 1988).
Que ante un cuestionamiento de idéntica naturaleza y resultado decisorio la EXCELENTISIMA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL, Sala Segunda, ha concedido el recurso extraordinario oportunamente planteado en los autos "NIEVA ALEJANDRO y otros c/Poder Ejecutivo Nacional S/Amparo", con lo que la totalidad de la cuestión se encuentra a conocimiento de la EXCELENTISIMA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION.
Que en consecuencia y teniendo en cuenta la grave urgencia existente en la concesión del conjunto de aeropuertos comprometidos en la Licitación Pública antes identificada y a los antecedentes jurisprudenciales citados, corresponde la reanudación del procedimiento mediante la aprobación de un nuevo cronograma, quedando supeditada la adjudicación, al resultado que en definitiva se arribe en la causa judicial.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3°, último párrafo, del Decreto N° 375 del 24 de abril de 1.997, que fuera aprobado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 842 del 27 de agosto de 1.997.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° - Reanúdase el procedimiento aprobado por Decreto N° 375 del 24 de abril de 1.997, modificado por su similar N° 500 del 2 de junio de 1.997, y por la Decisión Administrativa N° 478 del 29 de agosto de 1.997.
Art.2° - Apruébase el nuevo cronograma que como Anexo I forma parte de la presente medida, en los términos y con los alcances que se establecen en los considerandos.
Art. 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Jorge A. Rodríguez.- Roque B. Fernández.
MODIFICACION DEL ANEXO II DEL DECRETO N° 375 DEL 24 DE ABRIL DE 1.997
Tarea o decisión y fecha final prevista
1. Oferentes: Inicio de las publicaciones del llamado a licitación: 4 de junio de 1.997.
2. Momento límite para la adquisición del pliego: 29 de septiembre de 1.997, a las 15 horas.
3. Cierre del período de consultas: 30 de octubre de 1.997, a las 15 horas.
4. Momento límite para presentar los Sobres Nros. 1 y 2, y apertura del Sobre N° 1: 10 de noviembre de 1.997, a las 15 horas.
5. Vencimiento del plazo para que la Comisión se expida acerca de la admisibilidad de los Postulantes: 1° de diciembre de 1.997.
6. Notificación a todos los Postulantes de las Decisiones adoptadas por la Comisión en relación con quienes hayan sido admitidos como Oferentes, en acto público a ser realizado en JULIO ARGENTINO ROCA 782, piso 5° de la Ciudad de BUENOS AIRES: 2 de diciembre de 1.997.
7. Vencimiento del plazo para presentar las impugnaciones a las Decisiones de la Comisión en relación a la admisión y/o rechazo de los Postulantes: 9 de diciembre de 1.997, a las 15 horas.
8. Notificación a todos los postulantes de la Decisión de la Comisión en relación con las impugnaciones que se hayan presentado, y apertura de los Sobres N° 2 de los Postulantes que hayan sido admitidos como Oferentes, en acto público, labrándose acta al efecto: 22 de diciembre de 1.997.
9. Fecha en la que se procederá en acto público a notificar a todos los Postulantes el resultado de la Preadjudicación: 26 de diciembre de 1.997.
10. Adjudicación por parte del Jefe de Gabinete de Ministros: 30 de diciembre de 1.997.
11. Fecha límite para la firma del Contrato de Concesión: 12 de enero de 1.998.
12. Fecha de aprobación
por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL: 19 de enero de 1.998.