MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
Resolución Nº 1071/2006
Bs. As., 16/6/2006
VISTO el Expediente Nº S01:0306568/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha presentado a través de la SECRETARIA DE TRANSPORTE y como parte integrante del PLAN NACIONAL DE REORGANIZACION, RECUPERACION Y MODERNIZACION DEL SISTEMA FERROVIARIO NACIONAL la Reorganización del Sistema Ferroviario en la Región Metropolitana de MENDOZA.
Que el referido proyecto forma parte de un programa de accesos ferroviarios a la Región Metropolitana de MENDOZA, relacionado con el Desarrollo Urbano Ambiental de dicha Región y en donde el Proyecto se sustenta en un corredor metropolitano de un Ferro Tranvía Urbano; la rehabilitación del Sistema de Trenes de Larga Distancia RETIRO - MENDOZA - SAN JUAN, según lo establecido en el Decreto Nº 1261 del 27 de setiembre de 2004; el Sistema de Cargas; las estaciones de transferencia multimodales de cargas y red de accesos ferroviarios; la red de conexión ferroviaria entre el Ferrocarril Belgrano y la Línea San Martín y la reconstrucción de la conexión del Ferrocarril Trasandino Central, además de proyectos de Trenes Turísticos y la correspondiente afectación o desafectación de trenes y bienes de uso ferroviario.
Que dicha reorganización del sistema, se corresponde con el Acta de Reunión oportunamente celebrada el 13 de setiembre de 2005 en el MINISTERIO DE AMBIENTE Y OBRAS PUBLICAS de la Provincia de MENDOZA, conjuntamente con los Municipios de MENDOZA CAPITAL, GODOY CRUZ, GUAYMALLEN, MAIPU, LUJAN DE CUYO, SAN MARTIN y LA DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO, de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en el que se dejó constancia que dicha reorganización forma parte de la Política Nacional establecida por el Estado Nacional en materia ferroviaria.
Que la misma posibilitará además, incluir a futuro el proyecto turístico - ferroviario del "TREN DEL VINO", que está siendo desarrollado en particular por los Municipios de LUJAN DE CUYO, MAIPU y SAN MARTIN y que se encuentra enmarcado en el Programa Multisectorial de Preinversión II, que ejecutan la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, donde se propone formular un Programa de Desarrollo del Ecoturismo, en el cual se encuadrará dicho proyecto.
Que con fecha 13 de septiembre de 2005 la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, acordó con el MINISTERIO DE AMBIENTE Y OBRAS PUBLICAS de la Provincia de MENDOZA, abordar la reorganización del Sistema Ferroviario en la región del Gran MENDOZA en forma conjunta y dispuso crear a tal efecto, una Unidad de Gestión, que tendría a su cargo: la rehabilitación de Servicios Interurbanos de Pasajeros de Largo Recorrido entre BUENOS AIRES y MENDOZA; establecer el nuevo emplazamiento de la estación terminal de pasajeros; determinar la red de trocha ancha y métrica que se utilizaría para cargas y pasajeros así como las vías necesarias para la corrida de un Ferrotranvía Urbano; analizar y desarrollar los enlaces necesarios para establecer la interconexión de los proyectos de la Región Metropolitana con el Proyecto del Trasandino Central (Proyecto de Iniciativa Privada para la reactivación de un ramal internacional que unirá LUJAN DE CUYO (MENDOZA) con LAS PALMAS (REPUBLICA DE CHILE) por el que transitará un ferrocarril de cargas y eventualmente un tren de carácter turístico, una vez desarrollado) e incluir a futuro el desarrollo del Proyecto del "Tren del Vino".
Que se torna necesario para el desarrollo del anteproyecto y estudios conexos para la realización de las obras citadas, la creación de una UNIDAD DE GESTION que funcionará en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que en consecuencia resulta procedente encomendar a la UNIDAD DE GESTION a crearse, sin perjuicio de otras acciones que se establezcan en el futuro, las acciones conducentes al adecuado desarrollo de los estudios, anteproyectos y proyectos correspondientes para el posterior llamado a licitación de las obras correspondientes a la Reorganización del Sistema Ferroviario en la Región Metropolitana de MENDOZA.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 del 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1261 del 27 de setiembre de 2004 y el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003,
Por ello,
EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS una UNIDAD DE GESTION que tendrá por objetivo, sin perjuicio de otras acciones que se establezcan en el futuro, las conducentes al adecuado desarrollo de los estudios, anteproyectos y proyectos para el posterior llamado a licitación de las obras necesarias para poner en marcha el Ferro Tranvía Urbano, el Proyecto del Tren del Vino y la rehabilitación del Servicio BUENOS AIRES - MENDOZA del transporte interurbano de pasajeros, en el marco de la "Reorganización del sistema ferroviario en la Región Metropolitana de MENDOZA".
ARTICULO 2º — Instrúyese a la UNIDAD DE GESTION creada conforme lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente resolución, la confección de un plan de trabajo que concluya con la realización del anteproyecto y proyecto definitivo para las obras ferroviarias de que trata la presente resolución.
ARTICULO 3º — La UNIDAD DE GESTION creada por el Artículo 1º de la presente resolución estará coordinada por la SECRETARIA DE TRANSPORTE y conformada por representantes de dicha Secretaría, de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE TRANSPORTE y del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES, dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, todos dependientes del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
ARTICULO 4º — Invítase al Gobierno de la Provincia de MENDOZA y a los Municipios que integran la Región Metropolitana de MENDOZA, afectados por el sistema ferroviario a tratar, para que a través de la designación de sus respectivos representantes participen en los temas que estimen convenientes.
ARTICULO 5º — La SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS tomará obligada intervención en toda documentación emitida por la UNIDAD DE GESTION a crearse, como paso previo a su tramitación y ejecución.
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO MIGUEL DE VIDO, Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
e. 27/6 Nº 516.473 v. 27/6/2006