I3457787I#

Secretar�a de Energ�a

 

HIDROCARBUROS

 

Resoluci�n 1107/2008

 

Programa Gas Plus. Apru�base proyecto ingresado en el marco de lo establecido por la Resoluci�n N� 24/08.

 

Bs. As., 9/10/2008

 

VISTO, el Expediente N� S01:0351876/2008, del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y lo dispuesto en las Resoluciones Nros. 24 de fecha 6 de marzo de 2008 y 1.031 de fecha 9 de septiembre de 2008 ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Resoluci�n N� 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, cre� el denominado Programa Gas Plus, mediante el cual se gener� un esquema de incentivos a la incorporaci�n de nueva producci�n de gas natural.

 

Que la Resoluci�n N� 1.031 de fecha 9 de septiembre de 2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA, incorpor� una serie de modificaciones y complementos a lo fijado en la Resoluci�n N� 24/2008.

 

Que en base a lo dispuesto en la Resoluci�n N� 24/2008, la empresa PAN AMERICAN ENERGY LLC - SUCURSAL ARGENTINA, ha presentado una solicitud de aprobaci�n de un proyecto de exploraci�n de gas natural, para que el mismo sea llevado adelante bajo las reglas del Programa Gas Plus.

 

Que con fecha 18 de septiembre de 2008 la DIRECCION NACIONAL DE EXPLORACION, PRODUCCION Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES se expidi� en relaci�n con la solicitud ingresada en eI presente tr�mite, concluyendo que �De resultar econ�micamente explotable el proyecto por los resultados que se obtengan al finalizar las operaciones a realizarse en el Pozo PAE.St.Ctu.x-2, y teniendo en cuenta los aspectos t�cnicos relativos a las caracter�sticas geol�gicas y de reservorio del proyecto presentado, as� como las caracter�sticas que debe cumplir el gas, se concluye que el �Proyecto Tuyut� - Concesi�n de Explotaci�n Acambuco�, corresponder� ser categorizado como Gas Plus.

 

Que la Concesi�n de Explotaci�n �Acambuco� pertenece a la Asociaci�n de Empresas compuesta por PAN AMERICAN ENERGY LLC - SUCURSAL ARGENTINA, APCO ARGENTINA INC., NORTHWEST ARGENTINA CORPORATION, YPF SOCIEDAD ANONIMA y O&G DEVELOPMENTS LTD. S.A. siendo PAN AMERICAN ENERGY LLC �SUCURSAL ARGENTINA la firma peticionante dentro del programa Gas Plus.

 

Que, con fecha 7 de octubre de 2008, la DIRECCION NACIONAL DE ECONOMIA DE LOS HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES se expidi� en relaci�n a la solicitud de PAN AMERICAN ENERGY LLC � SUCURSAL ARGENTINA, indicando que a la fecha de an�lisis, no tiene objeciones que formular respecto a los productores, PAN AMERICAN ENERGY LLC � SUCURSAL ARGENTINA, APCO ARGENTINA INC., NORTHWEST ARGENTINA CORPORATION y O&G DEVELOPMENTS LTD S.A., en relaci�n a los compromisos asumidos en el marco del ACUERDO CON LOS PRODUCTORES DE GAS NATURAL 2007 � 2011. Respecto a YPF SOCIEDAD ANONIMA, se reitera lo ya se�alado en el marco de la normativa del asunto en el Memorando DNEH N� 122 de fecha 1� de octubre de 2008.

 

Que en adici�n a ello la mencionada Direcci�n Nacional indica que no es posible a�n evaluar el cumplimiento del par�metro establecido en el segundo p�rrafo del punto 4 del Anexo I de la Resoluci�n N� 24/2008, en atenci�n a que no se ha presentado una exposici�n de los costos asociados a la explotaci�n proyectada, ni una carta de intenci�n destinada a fijar el precio para su comercializaci�n.

 

Que ello tiene relaci�n con el nivel de avance que tiene la evaluaci�n del proyecto, ya que en esta etapa no es posible efectuar estos c�lculos con una aproximaci�n razonable.

 

Que por todo ello corresponde dejar la pertinente evaluaci�n en torno al cumplimiento o no de tales par�metros para otra oportunidad, previa al inicio de la comercializaci�n, una vez que se posean los elementos necesarios a tal efecto.

 

Que en id�ntico momento deber� verificarse, nuevamente, el cumplimiento del ACUERDO CON LOS PRODUCTORES DE GAS NATURAL 2007 � 2011 por parte del solicitante.

 

Que sin perjuicio de ello, la empresa peticionante deber� instrumentar, para la producci�n que surja de este proyecto, una contabilidad por separado, a efectos de habilitar el permanente contralor del cumplimiento del par�metro establecido en el segundo p�rrafo del punto 4 del Anexo I de la Resoluci�n N� 24/2008.

 

Que siendo estas verificaciones una cuesti�n de orden instrumental, dado que se encuentra ya acreditado el cumplimiento de las restantes condiciones de aprobaci�n, corresponde el dictado de la presente resoluci�n, cuya operatividad quedar� supeditada al cumplimiento de las condiciones a�n remanentes.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervenci�n que le compete.

 

Que el presente acto se dicta en funci�n de lo dispuesto en los art�culos 3� y 6� de la Ley N� 17.319 y de conformidad a lo establecido en las Resoluciones N� 24 de fecha 6 de marzo de 2008 y 1031 de fecha 9 de septiembre de 2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIODE ENERGIA

 

RESUELVE:

 

Art�culo 1� � Apru�base, en el marco de lo establecido por la Resoluci�n N� 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de l a SECRETARIA DE ENERGIA, d e l MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el proyecto ingresado por la empresa PAN AMERICAN ENERGY LLC � SUCURSAL ARGENTINA, en el presente tr�mite, correspondiente al �Proyecto Tuyut�� el cual se encuentra dentro de la Concesi�n de Explotaci�n ACAMBUCO, ubicada en la Provincia de SALTA.

 

En virtud de dicha aprobaci�n, la producci�n de gas natural que se obtenga del mismo se regir� por las reglas del Programa Gas Plus.

 

Art. 2� � La aprobaci�n otorgada en el art�culo precedente queda supeditada a la previa comprobaci�n del cumplimiento del par�metro establecido en el segundo p�rrafo del punto 4 del Anexo I de la Resoluci�n N� 24/2008.

 

Con tal objeto, PAN AMERICAN ENERGY � SUCURSAL ARGENTINA, deber� acompa�ar a esta Secretar�a, en forma previa al inicio de la producci�n de gas natural, un detalle de los costos involucrados en el desarrollo del proyecto, junto con las cartas de intenci�n que haya acordado con quienes se vayan a proveer de este gas natural, de donde deber� surgir el precio que se ha proyectado para el mismo.

En forma simult�nea a dicha evaluaci�n se proceder� a comprobar, nuevamente, que PAN AMERICAN ENERGY LLC - SUCURSAL ARGENTINA, se encuentre cumpliendo con los compromisos que asumiera en el marco del ACUERDO CON LOS PRODUCTORES DE GAS NATURAL 2007 � 2011. Ello sin perjuicio de su obligaci�n de mantener en todo momento la calidad de cumplidora, a efectos de conservar la caracterizaci�n de Gas Plus para los vol�menes de gas natural producidos en el proyecto que se ha considerado en el dictado de la presente resoluci�n.

 

Art. 3� � PAN AMERICAN ENERGY LLC � SUCURSAL ARGENTINA, deber� exponer, ante esta Secretar�a, el esquema de medici�n y producci�n independiente con el que se manejar� el reservorio en cuesti�n, el cual deber� ser de la entera satisfacci�n de esta Secretar�a.

 

Queda establecida la obligaci�n para la empresa de llevar una contabilidad por separado para la explotaci�n de este reservorio, de modo de poder verificar, en todo momento, el cumplimiento de las condiciones fijadas en el segundo p�rrafo del punto 4 del Anexo I die la ya citada Resoluci�n N� 24/2008.

 

Art. 4� � Notif�quese a PAN AMERICAN ENERGY LLC � SUCURSAL ARGENTINA y rem�tanse luego las actuaciones a la consideraci�n del se�or Ministro de Planificaci�n Federal, Inversi�n P�blica y Servicios, de conformidad con lo oportunamente reglado por la Resoluci�n N� 24/2008.

 

Art. 5� � Comun�quese, publ�quese, d�se a la Direcci�n Nacional del Registro Oficial y arch�vese. � Daniel O. Cameron