MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

 

Resoluci�n N� 1489/2008

 

Bs. As., 18/12/2008

 

VISTO el Expediente N� 184/2007 del Registro del ORGANISMO DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), organismo desconcentrado en la �rbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que es pol�tica del GOBIERNO NACIONAL reconstruir el sistema ferroviario, fortaleciendo y mejorando los sectores actualmente en explotaci�n incluyendo la reactivaci�n de distintos ramales ferroviarios de pasajeros de media y larga distancia con el objeto de contribuir al desarrollo de este medio de transporte y a la generaci�n de puestos de trabajo con la consiguiente reinserci�n al proceso productivo de los habitantes de la zona de influencia de los distintos corredores ferroviarios.

 

Que en el marco de las referidas pol�ticas el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se encuentra instrumentando, a trav�s de la SECRETARIA DE TRANSPORTE y como parte integrante del PLAN NACIONAL DE REORGANIZACION, RECUPERACION Y MODERNIZACION DEL SISTEMA FERROVIARIO NACIONAL, la reorganizaci�n del Sistema Ferroviario en la Regi�n Metropolitana de MENDOZA.

 

Que la reorganizaci�n antes mencionada est� relacionada con el Desarrollo Urbano Ambiental de dicha regi�n, sustent�ndose en un corredor metropolitano destinado al Ferro Tranv�a Urbano; la rehabilitaci�n del Sistema de Trenes de Larga Distancia RETIRO - MENDOZA - SAN JUAN seg�n lo establecido en el Decreto N� 1261 de fecha 27 de septiembre de 2004; el Sistema de Cargas, las estaciones de transferencia multimodales de carga y red de accesos ferroviarios; la red de conexi�n ferroviaria entre el Ferrocarril BELGRANO y la ex L�nea SAN MARTIN; la reconstrucci�n del Ferrocarril TRASANDINO CENTRAL; proyectos de trenes tur�sticos incluyendo a futuro el desarrollo del proyecto del "Tren del Vino", adem�s de la correspondiente afectaci�n o desafectaci�n de trenes y bienes de uso ferroviario.

 

Que a los fines de desarrollar los anteproyectos y estudios conexos para realizaci�n de las obras citadas se conform�, a trav�s del dictado de la Resoluci�n N� 1071 de fecha 16 de junio de 2006 del Registro de este Ministerio, una UNIDAD DE GESTION en el �mbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS e integrada entre otros por la citada Secretar�a, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado actuante en la �rbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del citado Ministerio; el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, quienes propiciar�n los actos administrativos pertinentes con el objeto de realizar las acciones necesarias y conducentes para el posterior llamado a licitaci�n de las obras correspondientes a la reorganizaci�n del sistema ferroviario en la Regi�n Metropolitana de MENDOZA.

 

Que en este contexto se acord� otorgar prioridad temporal al proyecto del Ferro Tranv�a Urbano, el que ser� efectuado sobre la traza de la red troncal del Ferrocarril SAN MARTIN en su acceso a MENDOZA CENTRAL y continuaci�n a la Provincia de SAN JUAN y circular� entre las estaciones PANQUEHUA - MENDOZA CENTRAL - Parador BELTRAN (a construir) desde donde se bifurcar� en DOS (2) recorridos: hacia el ESTE hasta Estaci�n GUTIERREZ culminando en Estaci�n VILLA MAIPU y hacia el SUR hasta Estaci�n LUJAN DE CUYO.

 

Que el citado sistema ferrotranviario comprende tramos que ya fueron desafectados de la operatividad ferroviaria y otros donde se mantendr� dicha operatividad para los servicios de carga y pasajeros y en los cuales se deber� construir una v�a exclusiva para circulaci�n del Ferro Tranv�a Urbano.

 

Que los sectores ya desafectados de la operaci�n ferroviaria comprenden el trazado ferroviario entre las estaciones MENDOZA CENTRAL - LUJAN DE CUYO y MENDOZA CENTRAL - GENERAL GUTIERREZ, sectores que fueron desafectados de la concesi�n otorgada a AMERICA LATINA LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA mediante el dictado de la Resoluci�n N� 949 de fecha 13 de diciembre de 2006 del Registro de la SECRETARIA DE TRANSPORTE encontr�ndose por ende en jurisdicci�n del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB).

 

Que los sectores no desafectados de la operatividad ferroviaria y donde el Ferro Tranv�a Urbano compartir� el uso con la operaci�n ferroviaria de cargas o pasajeros comprenden los tramos ferroviarios entre Estaci�n PANQUEHUA - MENDOZA CENTRAL y Estaci�n GENERAL GUTIERREZ - VILLA MAIPU.

 

Que en orden a dar cumplimiento a los fines descriptos se celebr�, entre la Provincia de MENDOZA y la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, el Convenio de fecha 14 de diciembre de 2006, por el cual se acord� que la citada Provincia llevar� adelante el proyecto y la ejecuci�n de las obras para la puesta en funcionamiento del referido Ferro Tranv�a Urbano, en una primera etapa, en los siguientes ramales: a) Ramal GENERAL GUTIERREZ - MENDOZA CENTRAL del ramal SMD; b) Ramal GENERAL GUTIERREZ - VILLA MAIPU del ramal SM 29 y c) Ramal MENDOZA CENTRAL - Estaci�n PANQUEHUA, de los ramales SMD y SME, otorg�ndose la tenencia de los mismos a la Provincia de MENDOZA.

 

Que asimismo se acord� en el referido Convenio que la SECRETARIA DE TRANSPORTE y el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), propiciar�n los actos administrativos correspondientes para el permiso de uso y afectaci�n de todos aquellos bienes muebles e inmuebles que sean necesarios para la puesta en funcionamiento del citado proyecto.

 

Que en tal sentido y en concordancia con los lineamientos expuestos en los distintos documentos suscriptos con relaci�n al tema en trato tanto el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB) como la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio propician conceder el uso gratuito a la Provincia de MENDOZA de los sectores ferroviarios desafectados y no desafectados, a los fines de la realizaci�n de las obras, operaci�n y explotaci�n del Ferro Tranv�a Urbano, mientras dure la explotaci�n del servicio, asegurando el ESTADO NACIONAL, como titular de bienes muebles e inmuebles de origen ferroviario, que se otorgue a los mismos un buen uso y destino de manera tal de optimizar su aprovechamiento a favor del modo ferroviario en general y del sistema que nos ocupa en particular.

 

Que en tal sentido el Proyecto del Ferro Tranv�a Urbano prev� la puesta en valor de las estaciones ferroviarias existentes con la realizaci�n de obras de restauraci�n de sus l�neas arquitect�nicas originales y rehabilitaci�n de instalaciones, permitiendo as� el posterior reciclado de los espacios interiores en funci�n de las necesidades b�sicas que cada comuna defina para estos edificios, ya que tanto en los edificios de las estaciones existentes como en su entorno podr�n disponerse servicios complementarios del sistema ferrotranviario por parte de las comunas del �rea de influencia.

 

Que en este orden de ideas corresponde instruir a la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, para que a trav�s del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), organismo desconcentrado en la �rbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y/o a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, instrumenten, en orden a las competencias que les asisten, la confecci�n de los inventarios de los activos, bienes muebles e inmuebles que se otorgan en uso como as� tambi�n las acciones necesarias a fin de instrumentar la presente medida.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervenci�n de su competencia.

 

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decretos N� 1261 del 27 de septiembre de 2004 y N� 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1� � Autor�zase el uso gratuito a la Provincia de MENDOZA de los sectores desafectados de la operaci�n ferroviaria comprendidos entre Estaci�n MENDOZA CENTRAL - LUJAN DE CUYO y entre Estaci�n MENDOZA CENTRAL - GENERAL GUTIERREZ pertenecientes a la ex L�nea SAN MARTIN.

 

ARTICULO 2� � La SECRETARIA DE TRANSPORTE, instrumentar� los actos administrativos necesarios y conducentes, a fin de otorgar el permiso de uso de los sectores concesionarios, comprendidos entre Estaci�n PANQUEHUA - MENDOZA CENTRAL y Estaci�n GENERAL GUTIERREZ - VILLA MAIPU, todos ellos pertenecientes a la ex - L�nea SAN MARTIN, para su utilizaci�n en el Proyecto del Ferro Tranv�a Urbano.

 

ARTICULO 3� � Los permisos de uso que se autorizan por los art�culos precedentes lo son a los fines de la realizaci�n de las obras, operaci�n y explotaci�n del Ferro Tranv�a Urbano y de las obras municipales complementarias y se extender�n mientras dure la explotaci�n de dicho servicio.

 

ARTICULO 4� � Instruyese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, para que a trav�s del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), organismo desconcentrado en la �rbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y/o a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, instrumenten, en orden a las competencias que les asisten, la confecci�n de los inventarios de los activos, bienes muebles e inmuebles que se otorgan en uso como as� tambi�n las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resoluci�n.

 

ARTICULO 5� � Comun�quese, publ�quese, d�se a la Direcci�n Nacional del Registro Oficial y arch�vese. � Arq. JULIO MIGUEL DE VIDO, Ministro de Planificaci�n Federal, Inversi�n P�blica y Servicios.

 

e. 26/12/2008 N� 26284/08 v. 26/12/2008