RESOLUCION 1795

BUENOS AIRES, 10 NOV. 1992

VISTO lo dispuesto por las Leyes N° 22.171, N° 23.696 y N° 24.045 y Decretos N° 1105 del 20 de octubre de 1989 y N° 185 del 24 de enero de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario establecer las normas que permitan concretar la privatización dispuesta por la Ley N° 24.045 respecto de la FABRICA MILITAR GRAL. SAN MARTIN, dependiente de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES.

Que la venta de los bienes se llevará a cabo a través del procedimiento de Licitación Pública Nacional e Internacional.

Que al estar dicha hacienda productiva radicada en la Provincia de Buenos Aires, corresponde dar la participación que prevé el artículo 11 de la Ley N° 23.696 al Gobierno de la mencionada Provincia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 15 de la Ley 23.696 y en el artículo 1° del Decreto N° 185 del 24 de enero de 1992, el suscripto se halla facultado para dictar el presente acto administrativo.

Por ello,

EL MINISTRO DE DEFENSA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Dispónese la venta en Licitación Pública Nacional e Internacional con base, de los bienes que integran la FABRICA MILITAR GRAL. SAN MARTIN dependiente de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, cuya descripción se incluye en el Anexo I del Pliego que se aprueba en artículo 2° de la presente Resolución. Los pasivos de la hacienda productiva cuyos activos se enajenan quedarán en cabeza de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES.

ARTICULO 2°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones que integra la presente como Anexo I, fijándose su precio en la suma de u$s. 5.000 (CINCO MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES).

ARTICULO 3°.- El valor base será comunicado con no menos de 10 (DIEZ) días de antelación a la fecha de apertura del sobre N° 1.

ARTICULO 4°.- Este Ministerio es la autoridad de aplicación a todos los efectos de la Ley N° 23.696, de su Decreto Reglamentario N° 1105, del 20 de octubre de 1989 y de la presente Resolución, estando facultado para dictar todos los actos administrativos complementarios de la misma que resulten necesarios.

ARTICULO 5°.- Fíjase el día 18 de diciembre de 1992 a las 15 horas, como fecha y hora de recepción de los Sobres N° 1 y N° 2 y apertura de los N° 1.

ARTICULO 6°.- - La ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION estará presente en los actos de apertura de las ofertas y otorgará todos los instrumentos notariales legalmente exigidos en los que el ESTADO NACIONAL a través de los Ministerios respectivos, intervengan en cumplimiento del proceso de privatización ordenado por la Ley N° 23.696. La citada Escribanía prestará su concurso sin cargo, debiendo los adjudicatarios o adquirentes soportar el resto de los gastos, según corresponda en cada caso. El Escribano General del Gobierno de la Nación o en su reemplazo los adscriptos correspondientes, tendrán a su cargo las gestiones notariales que fueran necesarias.

ARTICULO 7°.- Dése al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires la participación prevista en el artículo 11° de la Ley N° 23.696 y el artículo 110 del Decreto N° 1105 del 20 de octubre de 1989, en el proceso de privatización que se encara por la presente resolución.

ARTICULO 8°.- Comuníquese a la Comisión Bicameral creada por el artículo 14 de la Ley N° 23.696.

ARTICULO 9°.- Comuníquese, publíquese dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

 

ANEXO I