MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Resolución 1918/2014

Bs. As., 30/12/2014

VISTO el Expediente N° S02:0159011/2014 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 870 de fecha 5 de diciembre de 2012 de este Ministerio, se creó la COMISIÓN DE ANÁLISIS DE PRECIOS DE OBRAS Y PROVISIÓN DE SERVICIOS Y BIENES FERROVIARIOS, en el ámbito de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE de este Ministerio.

Que, conforme lo establece el artículo 3° de la citada resolución, la mencionada Comisión debe actuar a requerimiento de este Ministerio emitiendo dictámenes específicos acerca de los costos de las obras, así como de la provisión de servicios y bienes ferroviarios que se eleven a su consideración.

Que asimismo, por dicha medida se le encomendó a la Comisión la producción de información que permita la confección de indicadores de precios y de estadísticas sobre precios del sector ferroviario.

Que luego del dictado de la Resolución N° 870/12 de este Ministerio, se han llevado adelante acciones de gestión emitiéndose los respectivos actos administrativos, que tornaron innecesaria e inconveniente la intervención y el funcionamiento de la COMISIÓN DE ANÁLISIS DE PRECIOS DE OBRAS Y PROVISIÓN DE SERVICIOS Y BIENES FERROVIARIOS.

Que en tal sentido y en lo que respecta a la realización de las obras de infraestructura y a la provisión de servicios y de bienes ferroviarios, se le encomendó su contratación a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE), a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) y a BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA (BCyLSA), cada una en el marco de sus respectivas competencias, en un todo de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 26.352 y su normativa modificatoria y complementaria y en el Decreto N° 566 de fecha 21 de mayo de 2013.

Que, a tal fin, estas tres sociedades fortalecieron sus equipos técnicos y están ejecutando importantes proyectos y obras de renovación, mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura para poner en valor el sistema ferroviario nacional.

Que asimismo es dable destacar que, mediante el dictado de las Resoluciones Nros. 848 de fecha 14 de agosto de 2013, 1083 de fecha 11 de septiembre de 2013, 1093 de fecha 17 de septiembre de 2013, 1126 de fecha 18 de septiembre de 2013, 1342 de fecha 7 de noviembre de 2013 y 1590 de fecha 10 de diciembre de 2014, todas ellas de este Ministerio, se asignó a la SOFSE la prestación de los servicios ferroviarios de pasajeros metropolitanos y de larga distancia.

Que asimismo, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dictó el Decreto N° 2229 de fecha 18 de diciembre de 2013, modificatorio del Decreto N° 1438 de fecha 14 de agosto de 2012, creando distintas Direcciones dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE de este Ministerio, a las que se les atribuyó las competencias que tiene incorporadas la Resolución N° 870/12 de este Ministerio y que le fueron encomendadas a la COMISIÓN DE ANÁLISIS DE PRECIOS DE OBRAS Y PROVISIÓN DE SERVICIOS Y BIENES FERROVIARIOS.

Que teniendo en cuenta el fortalecimiento del rol cumplido por la ADIFSE, por la SOFSE y por BCyLSA, como así también, la reasignación de las competencias y funciones a través del Decreto N° 2229/13, originalmente atribuidas a la COMISIÓN DE ANÁLISIS DE PRECIOS DE OBRAS Y PROVISIÓN DE SERVICIOS Y BIENES FERROVIARIOS, en esta instancia resulta conveniente dejar sin efecto la Resolución N° 870/12 de este Ministerio.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Déjase sin efecto la Resolución N° 870 de fecha 5 de diciembre de 2012 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

 

e. 19/01/2015 N° 3090/15 v. 19/01/2015