ACUERDOS
Decreto 244/2009
Ratif�case el Acta Acuerdo para la operaci�n de los servicios Interurbanos de Pasajeros en los corredores Buenos Aires - C�rdoba, Buenos Aires - San Miguel de Tucum�n y C�rdoba - Cruz del Eje, suscripta el 12 de abril de 2007.
Bs. As., 26/3/2009
VISTO el Expediente N� S01:0178145/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N� 1261 de fecha 27 de septiembre de 2004 el ESTADO NACIONAL reasumi� la prestaci�n de los Servicios Interurbanos de Transporte Ferroviario de Pasajeros, de largo recorrido de car�cter interjurisdiccional, instruyendo al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para que a trav�s de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, proponga al PODER EJECUTIVO NACIONAL la modalidad por la cual se instrumentar�an las rehabilitaciones de los servicios aludidos.
Que por el Decreto N� 550 de fecha 3 de mayo de 2006 se ratificaron distintos actos referidos a la prestaci�n de los servicios ferroviarios de pasajeros en los corredores CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES � Ciudad de CORDOBA (Provincia de CORDOBA) y CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES � Ciudad de SAN MIGUEL DE TUCUMAN (Provincia de TUCUMAN).
Que entre los actos ratificados se encuentran el ACTA ACUERDO COMPLEMENTA- RIA PARA LA OPERACION DE SERVICIOS INTERURBANOS DE PASAJEROS CORREDOR CIUDAD DE BUENOS AIRES - CIUDAD DE CORDOBA, suscripta en fecha 26 de abril de 2005 y el ACTA ACUERDO AMPLIATORIA PARA LA OPERACION DE SERVICIOS INTERURBANOS DE PASAJEROS incorporando el Corredor Ciudad de BUENOS AIRES - Ciudad de SAN MIGUEL DE TUCUMAN, suscripta en fecha 8 de septiembre de 2005.
Que asimismo el citado Decreto, instruy� a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a instrumentar todos los actos administrativos necesarios y conducentes para la implementaci�n de los actos ratificados en el mismo.
Que en atenci�n a lo referido y atento lo establecido en el Art�culo 2� del citado Decreto N� 550/06, la SECRETARIA DE TRANSPORTE con fecha 12 de abril de 2007, suscribi� con la Empresa FERROCENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, el ACTA ACUERDO PARA LA OPERACION DE SERVICIOS INTERURBANOS DE PASAJEROS EN LOS CORREDORES BUENOS AIRES � CORDOBA, BUENOS AIRES � SAN MIGUEL DE TUCUMAN y CORDOBA � CRUZ DEL EJE.
Que en el referido Acuerdo, la SECRETARIA DE TRANSPORTE autoriz� a la Empresa FERROCENTRAL SOCIEDAD ANONIMA para que, en forma exclusiva y con car�cter experimental, efect�e la prestaci�n del Servicio Interurbano de Pasajeros entre las estaciones Rodr�guez del Busto y Cruz del Eje, de la Ciudad de CRUZ DEL EJE (Provincia de CORDOBA).
Que las medidas adoptadas por la SECRETARIA DE TRANSPORTE se encuadran en lo normado en los Contratos de Concesi�n vigentes, como as� tambi�n en la pol�tica tendiente a la rehabilitaci�n de los servicios interurbanos interjurisdiccionales de larga distancia, establecida por el Decreto N� 1261/04.
Que asimismo corresponde, hasta tanto se determine la modalidad de explotaci�n en el marco de lo dispuesto por la Ley N� 26.352 y el Decreto N� 752 de fecha 6 de mayo de 2008, que tienen como objeto el reordenamiento de la actividad ferroviaria, instruir a la SECRETARIA DE TRANSPORTE a instrumentar todos los actos necesarios y conducentes para la implementaci�n de los servicios citados, como as� tambi�n sus prolongaciones, ramificaciones y/o extensiones respectivamente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervenci�n de su competencia.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades emergentes del Art�culo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Art�culo 1� � Ratif�case el ACTA ACUERDO PARA LA OPERACION DEI LOS SERVICIOS INTERURBANOS DE PASAJEROS EN LOS CORREDORES BUENOS AIRES � CORDOBA, BUENOS AIRES � SAN MIGUEL DE TUCUMAN y CORDOBA � CRUZ DEL EJE, suscripta por la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la Empresa FERROCENTRAL SOCIEDAD ANONIMA el 12 de abril de 2007, que como ANEXO I en copia autenticada forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2� � Instr�yese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE a instrumentar todos los actos necesarios y conducentes para la implementaci�n de los servicios citados en el art�culo precedente, como as� tambi�n sus prolongaciones, ramificaciones y/o extensiones respectivamente, hasta tanto se determine la modalidad de explotaci�n en el marco de lo dispuesto por la Ley N� 26.352 y el Decreto N� 752 de fecha 6 de mayo de 2008.
Art. 3� � Notif�quese a la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS, en el �mbito de los Ministerios DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Art. 4� � Comun�quese, publ�quese, d�se a la Direcci�n Nacional del Registro Oficial y arch�vese. � FERNANDEZ DE KIRCHNER. � Sergio T. Massa. � Julio M. De Vido.