Ministerio de Planificaci�n Federal, Inversi�n P�blica y Servicios

TRANSPORTE FERROVIARIO

Resoluci�n 410/2005

Fac�ltase a la Secretar�a de Transporte a implementar la adecuaci�n de los costos en los rubros personal y energ�a, con car�cter provisorio y hasta la conclusi�n de los procedimientos de renegociaci�n en los Contratos de Concesi�n vigentes del Servicio de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterr�neo.

Bs. As., 27/4/2005

VISTO el Expediente N� S01: 258941/2003 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y la Resoluci�n N� 295 de fecha 31 de marzo de 2005 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N� 25.561 fue declarada la Emergencia P�blica comprendiendo a los contratos de derecho p�blico, cuya vigencia ha sido prorrogada por la Ley N� 25.972 hasta el 31 de diciembre de 2005.

Que asimismo se ha declarado el Estado de Emergencia de la Prestaci�n de los Contratos de Concesi�n en v�as de ejecuci�n correspondientes al Sistema P�blico de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterr�neo del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES a trav�s del Decreto N� 2075 de fecha 16 de octubre de 2002, manteniendo los contratos su plena vigencia, en todo aquello que no se oponga a la norma que lo declara en emergencia.

Que como consecuencia de las normas citadas, se suspendi� cualquier incremento tarifario contractualmente previsto para los a�os 2002, 2003, 2004 y 2005, preserv�ndose de esta manera la econom�a de los usuarios, en particular la de los sectores socioecon�micos de menores recursos.

Que ante dichas circunstancias ha sido necesario, a fin de garantizar la operaci�n del servicio, el dictado de diversas normas que instrumentaron programas de emergencia de obras, trabajos indispensables y de prestaci�n de servicios, someti�ndose el concesionario en forma inequ�voca al r�gimen jur�dico instituido de esa manera.

Que por la Resoluci�n N� 295 de fecha 31 de marzo de 2005 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en raz�n de persistir las circunstancias narradas precedentemente, y a fin de asegurar la continuidad de los servicios involucrados, se dispuso mantener el r�gimen de subsidios prorrogando la Resoluci�n N� 1102 de fecha 30 de diciembre de 2004 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que por el Art�culo 2� de la Resoluci�n 295/ 2005 se instruy� a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para que remita el estudio elaborado por la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la �rbita de esa cartera, referido a la actualizaci�n de las variaciones producidas en relaci�n a los contratos de Concesi�n del Sistema P�blico de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterr�neo del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, a la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS, para su an�lisis en el marco del proceso de reestructuraci�n contractual dispuesto por el Decreto N� 311 de fecha 3 de julio de 2003.

Que la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS tom� intervenci�n en orden a sus competencias, expidi�ndose seg�n Nota N� 975 de fecha 21 de abril de 2005, en la que se se�ala, que conforme la evaluaci�n preliminar los c�lculos efectuados por la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la �rbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se hicieron teniendo en cuenta la estructura de costos prevista en los contratos de concesi�n, surgiendo de tales c�lculos, un incrementos significativo de rubros sensibles a la operaci�n de los servicios tales como, sueldos y energ�a.

Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS propicia la presente medida a fin de garantizar la continuidad de los servicios involucrados.

Que los concesionarios del Sistema P�blico de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterr�neo del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, han manifestado la imposibilidad de garantizar en las actuales condiciones, la prestaci�n del servicio en los est�ndares actualmente vigentes.

Que por tal motivo corresponde hasta tanto se concluya el proceso de renegociaci�n contractual, avanzar en la determinaci�n de aquellos costos de explotaci�n que hacen peligrar la prestaci�n del Servicio P�blico en trato.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervenci�n que le compete, conforme a lo establecido por el Art�culo 9� del Decreto N� 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto N� 2075 de fecha 16 de Octubre del 2002 y el Decreto N� 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

Art�culo 1� � Fac�ltase a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a implementar la adecuaci�n de los costos en los rubros personal y energ�a, de conformidad con lo aconsejado por la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS, con car�cter provisorio y hasta la conclusi�n de los procedimientos de renegociaci�n emprendidos en el marco de la Ley N� 25.561 y el Decreto N� 311/2003 en los Contratos de Concesi�n vigentes del Servicio de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterr�neo del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES: TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA (GRUPO DE SERVICIOS 1 y 2 � L�neas Mitre y Sarmiento), TRANSPORTES METROPOLITANOS GENERAL ROCA SOCIEDAD ANONIMA (GRUPO DE SERVICIOS 4 � L�nea Roca) y METROVIAS (GRUPO DE SERVICIOS 3 � L�nea Urquiza y Subterr�neos); FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA (GRUPO DE SERVICIOS 6 � L�nea Belgrano Norte) y TRANSPORTES METROPOLITANOS BELGRANO SUR SOCIEDAD ANONIMA (GRUPO DE SERVICIOS 7 � L�nea Belgrano Sur) a fin de garantizar la prestaci�n del Servicio P�blico de Transporte Ferroviario.

Art. 2� � Comun�quese a la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS, para su intervenci�n.

Art. 3� � Comun�quese, publ�quese, d�se a la Direcci�n Nacional del Registro Oficial y arch�vese. � Julio M. De Vido.