Ministerio del Interior y Transporte

TRANSPORTE FERROVIARIO

Resolución 540/2013

Créase Comisión de Investigación.

Bs. As., 13/6/2013

VISTO el lamentable incidente ferroviario ocurrido el 13 de junio de 2013 en las inmediaciones de la Estación Castelar, y

CONSIDERANDO:

Que dicho incidente se produjo a las 07.07 horas en oportunidad que el tren 3735, Chapa 19, se encontraba detenido en el ingreso de la Estación Castelar en virtud de maniobras en dicho sector aguardando la salida de un tren a servicio. A las 07.07 horas y habiendo recibido la formación 3725 señal para proseguir su marcha, es embestida en la parte trasera por el Tren 3727, Chapa 1.

Que la operación del servicio ferroviario involucrado se encuentra a cargo de la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANONIMA, creada en virtud del Decreto Nº 793 de fecha 24 de mayo de 2012.

Que sin perjuicio de las competencias de la operadora del servicio, corresponde a este MINISTERIO adoptar las medidas necesarias tendientes al esclarecimiento del lamentable suceso.

Que consecuentemente, en virtud de lo acontecido resulta conveniente crear una COMISION DE INVESTIGACION del suceso acontecido en las inmediaciones de la Estación Castelar con fecha 13 de junio de 2013, con el objeto de su esclarecimiento, determinando las causas y las circunstancias del mismo.

Que la competencia atribuida a la COMISION DE INVESTIGACION que se crea por la presente Resolución, es independiente de cualquier investigación judicial que se inicie a los efectos de determinar eventuales responsabilidades, sin perjuicio de la colaboración con el Poder Judicial.

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.) tiene entre sus funciones la de intervenir en la investigación de los accidentes ferroviarios que por su significativa gravedad o particulares características requieran su directa participación en el análisis y determinación de los hechos y consecuencias.

Que con fecha 22 de abril de 2013 este MINISTERIO suscribió Convenios de Colaboración con la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL HAEDO, la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS, la FACULTAD DE INGENIERIA DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTIN, cuya finalidad es la cooperación técnico - científica para el mejoramiento integral del servicio, abarcando las distintas materias y disciplinas involucradas.

Que en dicho marco, se considera conveniente incorporar en la investigación a distintos actores que por su reconocida capacidad técnica y su carácter institucional coadyuven al esclarecimiento de los hechos en forma inmediata, determinando si se trató de un accidente o de un siniestro.

Que a tal fin la COMISION DE INVESTIGACION estará conformada por un representante del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, un representante de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.), un representante de la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL HAEDO, un representante de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS, un representante de la FACULTAD DE INGENIERIA DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES y un representante de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTIN.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emanadas de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por el Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1° — Créase la COMISION DE INVESTIGACION del suceso acontecido en las inmediaciones de la Estación Castelar con fecha 13 de junio de 2013, que tendrá por objeto su esclarecimiento, determinando las causas y las circunstancias del mismo. A tal fin, se instruye a todas las dependencias de este Ministerio a prestar la colaboración que le sea requerida a dichos efectos.

Art. 2° — La COMISION DE INVESTIGACION creada por el artículo 1° de la presente Resolución, se conformará con SEIS (6) miembros, un representante del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, un representante de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.), un representante de la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL HAEDO, un representante de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS, un representante de la FACULTAD DE INGENIERIA de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES y un representante de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTIN.

Art. 3° — Desígnase a las siguientes personas como miembros de la COMISION DE INVESTIGACION que se crea por el artículo 1° de la presente Resolución:

- Dr. Alejandro Patricio AMARO (D.N.I. 14.152.165) como representante del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, quien presidirá dicha COMISION DE INVESTIGACION.

- Dr. Manuel Carlos CACERES (D.N.I. 16.161.277) como representante de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.).

- Ing. José Antonio DI SIERVI (D.N.I. 11.981.444) como representante de la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL HAEDO.

- José Antonio BARBERO (LE 8.406.433) como representante de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTIN.

- Ing. Carlos Alfredo GODFRID (LE 8.240.687) como representante de la FACULTAD DE INGENIERIA de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.

- Ing. Fernando Carlos FREDIANI (D.N.I. 5.180.857) como representante de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS.

Art. 4° — Facúltase a la COMISION DE INVESTIGACION creada por el artículo 1° de la presente Resolución, a adoptar las medidas necesarias que le permitan poner en conocimiento de la población su funcionamiento, a los efectos de que los usuarios del servicio ferroviario en cuestión puedan aportar todos los elementos que permitan esclarecer los hechos que se investigan.
 

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal F. Randazzo.