Resolución N° 585-2010
Buenos
Aires, 8-11-2010
VISTO el Artículo 103 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), los Decretos Nros.
2.148 del 19 de octubre de 1993 y 1.836 del 14 de octubre de 1994, la Resolución N° 1.111 del 28 de diciembre de 2000 del ex - MINISTERIO DE
ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido por el Artículo 20 de la Resolución N° 1.111 del 28 de diciembre de 2000 del ex - MINISTERIO DE
ECONOMIA se ha dispuesto tener por presentadas las rendiciones de cuentas
confeccionadas por la ex - PETROQUIMICA GENERAL MOSCONI SOCIEDAD ANÓNIMA,
INDUSTRIAL Y COMERCIAL correspondientes al período comprendido entre el 28 de
febrero de 1998 Y el 31 de diciembre de 1999.
Que por el Artículo 4° de la Resolución N° 1.111/00 del ex - MINISTERIO DE -ECONOMÍA se dispuso dar
por concluida a los NOVENTA (90) días corridos contados desde la fecha de
publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial, la liquidación de la
ex - PETROQUIMICA GENERAL MOSCONI SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL.
Que no obstante ello, en el período que media entre la
última rendición de cuentas aprobada por la Resolución N° 1.111/00 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA y la fecha en
que se produjo la extinción de la personería jurídica de la ex - PETROQUIMICA
GENERAL MOSCONI SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL y COMERCIAL, la misma continuó
desarrollando las tareas inherentes a su proceso liquidatorio.
Que en consecuencia se han presentado las rendiciones
de cuentas correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero de 2000
y el 19 de abril de 2001, con las modificaciones de los saldos que
oportunamente fueron realizadas y que forman parte de las actuaciones en trato.
Que por el Artículo 3° de la Resolución N° 1.111/00 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA se delegó en la SECRETARIA DE
HACIENDA del citado ex - Ministerio, la facultad de tener por presentadas las
rendiciones de cuentas mencionadas en el considerando precedente.
Que por el Decreto N° 2.025
de fecha 25 de noviembre de 2008 se sustituyó el Artículo 1 ° de la Ley de Ministerios (texto
ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones.
Que por el Artículo 3° de ese cuerpo legal se
sustituyó el Artículo 20 de la citada Ley de Ministerios fijándose las competencias
de este Ministerio que pasó a denominarse MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PÚBLICAS.
Que el Decreto N° 2.102 de
fecha 4 de noviembre de 2008 sustituyó del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 - Organigrama de
aplicación de la
Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría - el apartado XV - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS, de
conformidad con el detalle aprobado como planilla anexa a su Artículo 1°
Que el Artículo 13 del Decreto N°
2,102/08 derogó el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo
de 2003, sus modificatorios y complementarios.
Que conforme los objetivos establecidos en el Decreto N° 2.102/08, es competencia de la SECRETARIA LEGAL
Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS, coordinar la
aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial del
Sector Público Nacional, entre otros.
Que en consecuencia, resulta conducente que la SECRETARIA LEGAL
Y ADMINISTRATIVA tenga por presentadas las rendiciones de cuentas de la ex -
PETROQUIMICA GENERAL MOSCONI SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL
posteriores al 31 de diciembre de 1999.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en cumplimiento de lo
dispuesto por el Artículo 3° de la Resolución N° 1.111/00 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y lo dispuesto
por el Decreto N° 2.102/08.
Por ello,
EL SECRETARIO LEGAL Y ADMINISTRATIVO
RESUELVE:
ARTICULO
1°._ Ténganse por presentadas las rendiciones de cuentas
correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 19 de
abril de 2001 de la ex - PETROQUIMICA GENERAL MOSCONI SOCIEDAD ANÓNIMA,
INDUSTRIAL Y COMERCIAL que como Anexo I integran la presente resolución.