MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Resolución N° 84/2010
Bs. As., 29/4/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0144377/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por conducto de las actuaciones citadas en el VISTO, se propicia la desafectación del uso operativo ferroviario de una fracción de terreno perteneciente al ESTADO NACIONAL ubicada en la Estación BANFIELD, Ciudad de BANFIELD, Municipalidad de LOMAS DE ZAMORA, Provincia de BUENOS AIRES, indicada en el plano que como ANEXO integra la presente resolución.
Que la Municipalidad de LOMAS DE ZAMORA, ha solicitado el predio a fin de construir la estación de transferencia de la Ciudad de BANFIELD, Provincia de BUENOS AIRES, obra que permite regularizar la situación del transporte público de pasajeros de la zona.
Que la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (UGOFE S.A.) ha manifestado que no existen objeciones para la desafectación del inmueble solicitado, de los bienes integrantes del Grupo de Servicios Nº 4 Línea GENERAL ROCA, y de su uso ferroviario.
Que el Decreto Nº 443 de fecha 1º de junio de 2000, dispuso la disolución del ex ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS organismo autárquico en el ámbito del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA y la creación del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES, como órgano desconcentrado en el ámbito del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, organismo que tiene, entre otras, las misiones y funciones del ex ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS, establecidas por Decreto Nº 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996.
Que en virtud del Artículo 5º del Decreto Nº 1383/96, la incorporación de nuevos bienes inmuebles a los contratos de concesión del sistema ferroviario de pasajeros o cargas, o la desafectación de aquellos que fueron entregados oportunamente en concesión, será dispuesta por la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, hoy SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que en virtud del dictado de la Ley Nº 26.352, ha tomado la intervención que le compete la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF S.E.), sin haber formulado objeciones al trámite de desafectación en trato.
Que la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competéricla.
Que la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia, conforme lo establecido en la Resolución Nº 839 de fecha 5 de mayo de 2006, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que las facultades para el dictado de la presente medida surgen de lo dispuesto por los decretos Nros. 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996 y 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Desaféctase del uso operativo ferroviario de la Línea GENERAL ROCA — Grupo de Servicios Nº 4— operada por cuenta y orden del ESTADO NACIONAL por la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (UGOFE S.A.), la fracción de terreno ubicada en la Estación BANFIELD, Provincia de BUENOS AIRES, indicada en el plano que como ANEXO integra la presente resolución.
ARTICULO 2º — El inmueble que se desafecta por el artículo 1º de la presente resolución, queda en jurisdicción de la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF S.E.), conforme lo dispuesto por el Título II, Artículo 3º inciso a) de la Ley Nº 26.352.
ARTICULO 3º — Notifíquese a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado actuante en la órbita de Je SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA.
ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. JUAN PABLO SCHIAVI, Secretario de Transporte.
e. 11/05/2010 Nº 49934/10 v. 11/05/2010