CORREDORES VIALES

Decreto 1007/2003

Ot�rgase la Concesi�n por peaje, de la construcci�n, mejoras, reparaci�n, conservaci�n, ampliaci�n, remodelaci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n bajo el r�gimen de las Leyes Nros. 17.520 y 23.696, de los Corredores Viales Nros. 1, 2, 3, 4, 5, y 6 a COARCO SA - EQUIMAC SACIF e I (U.T.E.), HOMAQ SA, DECAVIAL SAICAC - VIALCO SA (U.T.E.), CORPORACION AMERICA SA - HELPORT SA - PODESTA CONSTRUCCIONES SA (U.T.E.), COVICO CONCESIONARIO VIAL SA - COPRISA SA - ESTRUCTURAS SACICIF - GLIKSTEIN Y CIA SACIAM - ICF SA - NOROESTE CONSTRUCCIONES SA (U.T.E.) y SUPERCEMENTO SAIC - DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A. (U.T.E.), respectivamente.

Bs. As., 30/10/2003

VISTO el Expediente N� S01:0102998/2003 del Registro de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que las Leyes N� 17.520 y N� 23.696 permiten a trav�s del r�gimen de concesi�n de obra p�blica por peaje la construcci�n, mejoras, reparaci�n, conservaci�n, ampliaci�n, remodelaci�n, mantenimiento, administraci�n, y explotaci�n, de obras de las caracter�sticas de los Corredores Viales que componen la Red Vial Nacional.

Que por el Decreto N� 425 de fecha 25 de julio de 2003 se estableci� que los Corredores Viales mencionados en el Anexo I del Decreto N� 2039 de fecha 26 de septiembre de 1990, cuyas concesiones operan su vencimiento contractual el 31 de octubre de 2003, ser�n licitados para otorgar la concesi�n por peaje de la construcci�n, mejoras, reparaci�n, conservaci�n, ampliaci�n, remodelaci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n bajo el r�gimen de las Leyes N� 17.520 y N� 23.696, con la modalidad que se estime m�s conveniente, as� como tambi�n se dispuso que el procedimiento se desarrollar� bajo la dependencia directa del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en el car�cter de Autoridad de Aplicaci�n, con asistencia de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, deleg�ndose en virtud de lo establecido en el art�culo 3� del Decreto mencionado, entre otras atribuciones, la de proceder al llamado a Licitaci�n P�blica Nacional, aprobar los pliegos de condiciones generales y particulares y dem�s documentaci�n para la realizaci�n de la licitaci�n, organizar la Comisi�n de Concesiones, establecer las pautas de su funcionamiento y asignar tareas a sus miembros a propuesta del Secretario de Obras P�blicas.

Que por Resoluci�n del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS N� 60 de fecha 19 de agosto de 2003, se dispuso el llamado a Licitaci�n P�blica Nacional para otorgar la concesi�n por peaje, de la construcci�n, mejoras, reparaci�n, conservaci�n, ampliaci�n, remodelaci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n bajo el r�gimen de las Leyes N� 17.520 y N� 23.696 de los Corredores Viales que componen la Red Vial Nacional.

Que por la Resoluci�n citada en el considerando precedente se aprob� el Pliego de Bases y Condiciones Generales modificado por la Resoluci�n del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS N� 154 de fecha 14 de octubre de 2003, y se estableci� el proceso conforme al cual se llev� a cabo la elecci�n del Oferente Seleccionado, incluida la aprobaci�n del Texto Preliminar del Contrato de Concesi�n, del Pliego de Condiciones Particulares y de los Pliegos T�cnicos Particulares de los Corredores Nros. 1, 2, 3, 4, 5 y 6 definidos y sometidos al procedimiento de "Data Room".

Que por Resoluci�n de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS N� 148 de fecha 3 de octubre de 2003, una vez culminado el procedimiento de "Data Room", se aprob� el Texto Definitivo del Contrato de Concesi�n, su Anexo "A" Pliego de Condiciones Particulares y su Anexo "B" Pliego T�cnico Particular de los Corredores Nros. 1, 2, 3, 4, 5 y 6.

Que por Resoluci�n de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS N� 149 de fecha 3 de octubre de 2003 se aprob� el listado de Postulantes Calificados en condiciones de ofertar.

Que el d�a 17 de octubre de 2003, conforme con lo previsto en los art�culos 7� y 8� y en el Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones Generales mencionado en el cuarto considerando, se procedi� a la apertura de los Sobres "C" y "D" de los Postulantes calificados en condiciones de ofertar presentados y declarados admisibles, los que entregaron la documentaci�n contractual debidamente firmada juntamente con sus ofertas, a la que se incorpor� como Anexo "C" las TRECE (13) Circulares dictadas por la Comisi�n de Concesiones organizada por la Resoluci�n del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS N� 60 de fecha 19 de agosto de 2003.

Que por Resoluci�n del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS N� 173 de fecha 21 de octubre de 2003 se declararon Oferentes Seleccionados y preadjudicatarios a: COARCO S.A. - EQUIMAC S.A.C.I.F. e I. (U.T.E.) para el Corredor N� 1 con un canon del CUATRO COMA DOS MIL DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (4,2000%); HOMAQ S.A. para el Corredor N� 2 con un canon del QUINCE COMA CERO CIENTO DOCE DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (15,0112%); DECAVIAL S.A.I.C.A.C. - VIALCO S.A. (U.T.E.) para el Corredor N� 3 con un canon del TREINTA Y DOS COMA MIL CIENTO TRECE DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (32,1113%); CORPORACION AMERICA S.A. - HELPORT S.A. - PODESTA CONSTRUCCIONES S.A. (U.T.E.) para el Corredor N� 4 con un canon del SIETE COMA SIETE MIL SETECIENTOS DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (7,7700%); COVICO CONCESIONARIO VIAL S.A. - COPRISA S.A. - ESTRUCTURAS S.A.C.I.C.I.F. - GLIKSTEIN Y CIA. S.A.C.I.A.M. - I.C.F. S.A. - NOROESTE CONSTRUCCIONES S.A. (U.T.E.) para el Corredor N� 5 con un canon del VEINTIUNO POR CIENTO (21,0000%) y a SUPERCEMENTO S.A.I.C. - DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A. (U.T.E.) para el Corredor N� 6 con una subvenci�n del TREINTA Y TRES COMA DOS MIL CINCUENTA DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (33,2050%), preadjudicando en la forma expuesta la Licitaci�n P�blica realizada conforme se expresa en el tercer Considerando de la presente medida.

Que en virtud de lo expuesto en el considerando que antecede el se�or Ministro de Planificaci�n Federal, Inversi�n P�blica y Servicios, Arquitecto Julio Miguel DE VIDO, suscribi� en su car�cter de Autoridad de Aplicaci�n los pertinentes Contratos de Concesi�n, "ad refer�ndum" del PODER EJECUTIVO NACIONAL, correspondiendo en consecuencia aprobar la adjudicaci�n, otorgar la concesi�n y aprobar los Contratos de Concesi�n suscriptos.

Que resulta conveniente facultar al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS en su car�cter de Autoridad de Aplicaci�n a realizar las aclaraciones que demanden los Contratos de Concesi�n que se aprueban por el presente Decreto.

Que la Direcci�n General de Asuntos Jur�dicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervenci�n que le compete conforme lo dispuesto en el art�culo 6� del Decreto N� 27 de fecha 27 de mayo de 2003.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N� 17.520 y N� 23.696, el Decreto N� 425 de fecha 25 de julio de 2003 y el art�culo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Art�culo 1� � Apru�base la adjudicaci�n por el sistema de Concesi�n por peaje, de la construcci�n, mejoras, reparaci�n, conservaci�n, ampliaci�n, remodelaci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n bajo el r�gimen de las Leyes N� 17.520 y N� 23.696 de los Corredores Viales que componen la Red Vial Nacional, de la Licitaci�n P�blica Nacional dispuesta por la Resoluci�n del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS N� 60 de fecha 19 de agosto de 2003 y su modificatoria N� 154 de fecha 14 de octubre de 2003.

Art. 2� � Ot�rgase la Concesi�n por peaje, de la construcci�n, mejoras, reparaci�n, conservaci�n, ampliaci�n, remodelaci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n bajo el r�gimen de las Leyes N� 17.520 y N� 23.696 de los Corredores Viales N� 1, N� 2, N� 3, N� 4, N� 5 y N� 6 respectivamente a: COARCO S.A. - EQUIMAC S.A.C.I.F. e I. (U.T.E.) para el Corredor N� 1 con un canon del CUATRO COMA DOS MIL DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (4,2000%); HOMAQ S.A. para el Corredor N� 2 con un canon del QUINCE COMA CERO CIENTO DOCE DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (15,0112%); DECAVIAL S.A.I.C.A.C. - VIALCO S.A. (U.T.E.) para el Corredor N� 3 con un canon del TREINTA Y DOS COMA MIL CIENTO TRECE DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (32,1113%); CORPORACION AMERICA S.A. - HELPORT S.A. - PODESTA CONSTRUCCIONES S.A. (U.T.E.) para el Corredor N� 4 con un canon del SIETE COMA SIETE MIL SETECIENTOS DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (7,7700%); COVICO CONCESIONARIO VIAL S.A. - COPRISA S.A. - ESTRUCTURAS S.A.C.I.C.I.F. - GLIKSTEIN Y CIA. S.A.C.I.A.M. - I.C.F. S.A. - NOROESTE CONSTRUCCIONES S.A. (U.T.E.) para el Corredor Corredor N� 5 con un canon del VEINTIUNO POR CIENTO (21,0000%) y a SUPERCEMENTO S.A.I.C. - DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A. (U.T.E.) para el Corredor N� 6 con una subvenci�n del TREINTA Y TRES COMA DOS MIL CINCUENTA DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (33,2050%).

Art. 3� � Apru�banse los Contratos de Concesi�n suscriptos por el se�or Ministro de Planificaci�n Federal, Inversi�n P�blica y Servicios Arquitecto Julio Miguel DE VIDO con: COARCO S.A. - EQUIMAC S.A.C.I.F. e I. (U.T.E.) por el Corredor N� 1; HOMAQ S.A. por el Corredor N� 2; DECAVIAL S.A.I.C.A.C. - VIALCO S.A. (U.T.E.) por el Corredor N� 3; CORPORACION AMERICA S.A. - HELPORT S.A. - PODESTA CONSTRUCCIONES S.A. (U.T.E.) por el Corredor N� 4; COVICO CONCESIONARIO VIAL S.A. - COPRISA S.A. - ESTRUCTURAS S.A.C.I.C.I.F. - GLIKSTEIN Y CIA. S.A.C.I.A.M. - I.C.F. S.A. - NOROESTE CONSTRUCCIONES S.A. (U.T.E.) por el Corredor N� 5 y SUPERCEMENTO S.A.I.C. - DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A. (U.T.E.) por el Corredor N� 6, que en fotocopia autenticada forman parte integrante del presente Decreto como Anexos I, II, III, IV, V y VI, respectivamente.

Art. 4� � Fac�ltase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su car�cter de Autoridad de Aplicaci�n a realizar las aclaraciones que demanden los Contratos de Concesi�n que se aprueban por el presente Decreto.

Art. 5� � D�se cuenta a la COMISION BICAMERAL del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION en virtud de las previsiones establecidas por el art�culo 14 de la Ley N� 23.696.

Art. 6� � Comun�quese, publ�quese, d�se a la Direcci�n Nacional del Registro Oficial y arch�vese. � KIRCHNER. � Alberto A. Fern�ndez. � Julio M. De Vido.

 

ANEXO