Secretaría de Obras Públicas

 

CORREDORES VIALES

 

Resolución 148/2003

 

Apruébase el Texto Definitivo del Contrato de Concesión, su Anexo "A", Pliego de Condiciones Particulares, y su Anexo "B", Pliego Técnico Particular de los Corredores Nros. 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes a la Licitación Pública Nacional convocada por la Resolución Nº 60/ 2003 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

 

Bs. As., 3/10/2003

 

VISTO el Expediente Nº S01:0102998/2003 del Registro de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº 425 de fecha 25 de julio de 2003, y la Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 60 de fecha 19 de agosto de 2003, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto Nº 425 de fecha 25 de julio de 2003 se dispuso que los Corredores Viales mencionados en el Anexo I del Decreto Nº 2039 de fecha 26 de septiembre de 1990, cuyas concesiones operan su vencimiento contractual el 31 de octubre de 2003, sean licitados para otorgar la concesión por peaje, de la construcción, mejoras, reparación, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación bajo el régimen de las Leyes Nº 17.520 y Nº 23.696, con la configuración que se estime más conveniente.

 

Que por Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 60 de fecha 19 de agosto de 2003 se procedió a llamar a Licitación Pública Nacional para otorgar la referida concesión, se aprobó el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES y el TEXTO PROPUESTO de CONTRATO Y ANEXOS (PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Y PLIEGO TECNICO PARTICULAR de cada Corredor).

 

Que de conformidad con el artículo 5.5. del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES que establece "PRESENTACION DE PROPUESTAS. Durante el período establecido en el ANEXO II CRONOGRAMA DE LA LICITACION para el funcionamiento del DATA ROOM se efectuará la consulta técnica, jurídica, económica y financiera del TEXTO PROPUESTO, el que consta de los proyectos de PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES, el proyecto de PLIEGO TECNICO PARTICULAR de cada CORREDOR y proyecto de TEXTO DE CONTRATO. Durante este período los interesados, quienes hubieran completado su PRESENTACION INICIAL y los POSTULANTES podrán efectuar por escrito PROPUESTAS a los documentos previamente señalados. Una vez vencido el plazo para recibir observaciones al TEXTO PROPUESTO no se admitirán presentaciones.", las siguientes empresas e instituciones, entre otras, han presentado propuestas: 1) ALQUIMAC S.R.L. - GREEN S.A. - ROVELLA CARRANZA S.A. UTE (CUDAP: EXP-S01:0169905/2003), 2) IECSA S.A. (CUDAP: EXP-S01:0169912/ 2003), 3) SERVICIOS VIALES S.A. (CUDAP: S01:0169913/2003), 4) BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. (CUDAP: EXP-S01:0170057/ 2003), 5) CAMARA ECONOMICA MERCEDINA (CUDAP: EXP-S01:0170064/2003), 6) INTENDENTE MUNICIPAL DE MERCEDES (CUDAP: EXP-S01:0170069/2003); 7) CENTRO DE INGENIEROS DE MERCEDES (CUDAP: EXP-S01:0170076/2003), 8) DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES (CUDAP: EXP-S01:0170087/2003), 9) EMEPA S.A. - G Y C CONSTRUCCIONES S.A.(CUDAP: EXP-S01:0170112/2003), 10) COARCO S.A. EQUIMAC S.A.C.I.F. e I. UTE (CUDAP: EXP-S01-0170488/2003), 11) ALQUIMAC S.R.L. - GREEN S.A. - ROVELLA CARRANZA S.A. - UTE (CUDAP: EXP:S01:0170494/2003), 12) COARCO S.A. EQUIMAC S.A.C.I.F. e I. UTE (CUDAP: EXP-S01:0170497/2003), 13) PROCONSUMER (CUDAP: EXP-S01:0170498/ 2003), 14) BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. (CUDAP: EXP-S01:0170499/2003), 15) SEMACAR S.A. (CUDAP: EXP:S01:0170892/ 2003).

 

Que asimismo, se han recibido aportes y observaciones a los textos propuestos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, mediante nota Nº 4997 de fecha 12 de septiembre de 2003, y de la SUBSECRETARIA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, que han sido evaluadas y consideradas para la elaboración de los textos definitivos.

 

Que de conformidad al artículo 5.6. del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES, luego de que la Comisión de Concesiones analizara las propuestas realizadas y los informes de los criterios económicos, jurídicos y técnicos que realizara la Comisión Auxiliar, se procedió a elaborar el TEXTO DEFINITIVO del Contrato de Concesión, del PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES y de los PLIEGOS TECNICOS PARTICULARES que conforman los Anexos del contrato de concesión.

 

Que en cumplimiento del artículo 5.6.1. la Comisión de Concesiones remitió a consideración el TEXTO DEFINITIVO del Contrato de Concesión, del PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES y de los PLIEGOS TECNICOS PARTICULARES de los Corredores Nº 1, 2, 3, 4, 5 y 6 que conforman los Anexos del contrato de concesión, a fin de su aprobación.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de lo dispuesto por el artículo 3º de la Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 60 de fecha 19 de agosto de 2003 y el Decreto Nº 69 de fecha 28 de mayo de 2003.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

RESUELVE

 

Artículo 1º — Apruébase el TEXTO DEFINITIVO del Contrato de Concesión y su Anexo "A" PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES y su Anexo "B" PLIEGO TECNICO PARTICULAR DE LOS CORREDORES Nº 1, 2, 3, 4, 5 y 6, que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución, correspondiente a la Licitación Pública Nacional convocada por la Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 60 de fecha 19 de agosto de 2003.

 

Art. 2º — Ordénase su publicación en la páginas de internet de la Oficina Nacional de Contrataciones dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y en la de este último Ministerio.

 

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José F. López.

 

ANEXO I ANEXO II