CORREDORES VIALES
Decreto 1615/2008
Establ�cese que los
corredores viales cuyas concesiones operan su vencimiento contractual el 1� de
noviembre de 2008, ser�n licitados para otorgar la concesi�n por peaje para la construcci�n,
mejoras, reparaci�n, conservaci�n, ampliaci�n, remodelaci�n, mantenimiento,
administraci�n y explotaci�n bajo el r�gimen de las Leyes N� 17.520 y N�
23.696.
Bs. As., 7/10/2008
VISTO el Expediente N� 3139/2008
del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo
descentralizado actuante en el �mbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las Leyes
N� 13.064 y N� 17.520 modificada por su similar N� 23.696 y el Decreto N� 1007
de fecha 30 de octubre de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N� 1007 de
fecha 30 de octubre de 2003 se aprob� la adjudicaci�n y se otorg� la concesi�n
por el sistema de concesi�n por peaje para la construcci�n, mejoras,
reparaci�n, conservaci�n, ampliaci�n, remodelaci�n, mantenimiento,
administraci�n y explotaci�n bajo el r�gimen de las Leyes N� 17.520 y N� 23.696
de los Corredores Viales que componen la Red Vial Nacional en virtud del
llamado a Licitaci�n P�blica Nacional dispuesto por la Resoluci�n N� 60 del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 19
de agosto de 2003, modificada por su similar N� 154 de fecha 14 de octubre de
2003.
Que por el mismo acto se
aprobaron los Contratos de Concesi�n suscriptos, por el se�or Ministro de
Planificaci�n Federal, Inversi�n P�blica y Servicios y las empresas COARCO S.A.
- EQUIMAC S.A.C.I.F. e I. (U.T.E.), por el Corredor N� 1; HOMAQ S.A., por el
Corredor N� 2; DECAVIAL S.A.I.C.A.C. - VIALCO S.A. (U.T.E.), por el Corredor N�
3; CORPORACION AMERICA S.A. - HELPORT S.A. - PODEST� CONSTRUCCIONES S.A.
(U.T.E.), por el Corredor N� 4; COVICO CONCESIONARIO VIAL S.A. - COPRISA S.A. �
ESTRUCTURAS S.A.C.I.C.I.F. - GLIKSTEIN Y CIA. S.A.C.I.A.M. - I.C.F. S.A. -
NOROESTE CONSTRUCCIONES S.A. (U.T.E.), por el Corredor N� 5 y SUPERCEMENTO
S.A.I.C. - DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A. (U.T.E.), por el Corredor N� 6, en
fecha 17 de octubre de 2003.
Que en cumplimiento de lo
establecido en la Cl�usula Quinta del Contrato de Concesi�n los oferentes
seleccionados y adjudicatarios constituyeron las sociedades concesionarias
denominadas RUTAS AL SUR SOCIEDAD ANONIMA, para el Corredor N� 1, AUTOVIA OESTE
SOCIEDAD ANONIMA, para el Corredor N� 2, VIAL 3 SOCIEDAD ANONIMA, para el
Corredor N� 3, CAMINOS DE AMERICA SOCIEDAD ANONIMA, para el Corredor N� 4, VIAL
CINCO SOCIEDAD ANONIMA, para el Corredor N� 5 y EMPRESA CONCESIONARIA VIAL
SOCIEDAD ANONIMA, para el Corredor N� 6, suscribiendo todas ellas el Contrato de
Concesi�n respectivo, asumiendo todas las obligaciones, responsabilidades y
derechos establecidos en el mismo, as� como la titularidad de todos los
cr�ditos y garant�as gestionados y obtenidos por el oferente seleccionado para
el cumplimiento del contrato.
Que el vencimiento del plazo
contractual de las concesiones de los corredores viales citados en el
considerando precedente operar� el 1� de noviembre de 2008 correspondiendo en
consecuencia disponer que sean licitados a efectos de otorgar la concesi�n por
peaje para la construcci�n, mejoras, reparaci�n, conservaci�n, ampliaci�n,
remodelaci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n de los mismos, con la
modalidad que se estime m�s conveniente durante la confecci�n de la
documentaci�n licitatoria.
Que la mencionada licitaci�n
encuadra bajo el r�gimen de las Leyes N� 17.520, N� 23.696 y, supletoriamente,
de la Ley N� 13.064, conforme surge del �ltimo p�rrafo del art�culo 4� de la
ley mencionada en primer t�rmino, el cual prescribe que "...En todos los casos
deber�n respetarse, en cuanto a la etapa de construcci�n, las normas legales
establecidas para el contrato de obra p�blica en todo lo que sea
pertinente".
Que corresponde delegar en el
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS la facultad
para proceder al llamado a Licitaci�n P�blica Nacional, aprobar los pliegos de
bases y condiciones generales, particulares y de especificaciones t�cnicas, el
texto del contrato y dem�s documentaci�n necesaria para la realizaci�n del
proceso licitatorio y dictar las normas y medidas complementarias y/o
aclaratorias para el mejor y m�s efectivo cumplimiento de su cometido.
Que asimismo, teniendo en cuenta la
proximidad del vencimiento del plazo contractual de las concesiones aprobadas
por el referido Decreto N� 1007/2003 y a fin de garantizar el principio de
transparencia de los actos de gobierno y las dem�s reglas que rigen el debido
proceso de selecci�n del contratista estatal, tales como la publicidad, la
libre concurrencia y la igualdad entre los oferentes, es menester delegar en el
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS la facultad
de celebrar acuerdos con los actuales concesionarios de los Corredores Viales
Nacionales a fin de prorrogar sus contratos de concesi�n hasta la toma de
posesi�n de las nuevas concesiones que resulten del proceso licitatorio
establecido por la presente medida y por un plazo no mayor a CIENTO VEINTE
(120) d�as.
Que la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervenci�n
de su competencia.
Que la presente medida se
dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N� 17.520 modificada por
su similar N� 23.696 y por el art�culo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION
ARGENTINA
DECRETA:
Art�culo 1�
� Establ�cese que los Corredores
Viales descriptos en el Anexo I que forma parte integrante del presente, cuyas
concesiones operan su vencimiento contractual el 1� de noviembre de 2008, ser�n
licitados para otorgar la concesi�n por peaje para la construcci�n, mejoras,
reparaci�n, conservaci�n, ampliaci�n, remodelaci�n, mantenimiento,
administraci�n y explotaci�n bajo el r�gimen de las Leyes N� 17.520 y N�
23.696, y supletoriamente de la Ley N� 13.064, con la modalidad que se estime
m�s conveniente.
Art. 2�
� El procedimiento mencionado en el
art�culo anterior, se desarrollar� bajo la dependencia directa del MINISTERIO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su car�cter de
Autoridad de Aplicaci�n Delegada, en los t�rminos del art�culo 67 de la Ley N�
23.696.
Art. 3�
� Del�gase
en el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS el
ejercicio de las siguientes atribuciones:
a) Efectuar el llamado a
Licitaci�n P�blica Nacional.
b) Aprobar los pliegos de
bases y condiciones generales, particulares y de especificaciones t�cnicas, el
texto del contrato y dem�s documentaci�n necesaria para la realizaci�n de la licitaci�n.
c) Organizar la Comisi�n de
Concesiones, establecer las pautas de su funcionamiento y asignar tareas a los
funcionarios que la integren.
d) Calificar a los oferentes
y resolver las impugnaciones a la calificaci�n.
e) Adjudicadas las
concesiones por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, proceder a suscribir los contratos
respectivos.
f) Efectuar las
subdelegaciones que estime convenientes conforme con el art�culo 67 de la Ley
N� 23.696.
g) Dictar las normas
complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias en el marco del
presente decreto.
h) Modificar la conformaci�n
de los Corredores Viales descriptos en el Anexo l del presente Decreto,
pudiendo excluir tramos de rutas que los integren y/o incluir nuevos tramos.
i) Celebrar acuerdos con los
actuales concesionarios de los Corredores Viales Nacionales a fin de prorrogar
sus contratos de concesi�n hasta la toma de posesi�n de las nuevas concesiones
que resulten del proceso licitatorio establecido por la presente medida y por
un plazo no mayor a CIENTO VEINTE (120) d�as.
Art. 4�
� Establ�cese que el Se�or JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS efectuar� las adecuaciones presupuestarias
correspondientes de acuerdo a la normativa vigente, a fin de dar cumplimiento a
lo dispuesto en la presente medida.
Art. 5�
� Comun�quese a la Comisi�n Bicameral
creada por el art�culo 14 de la Ley N� 23.696.
Art. 6�
� Comun�quese, publ�quese, d�se a la Direcci�n Nacional del Registro Oficial y
arch�vese. � FERNANDEZ DE KIRCHNER. � Sergio T. Massa.
� Julio M. De Vido.
ANEXO
I
TRAMOS DE RUTA DE LOS
CORREDORES VIALES N� 1 A N� 6 CONCESIONADOS POR PEAJE CUYOS CONTRATOS DE
CONCESION VENCEN EL 1� DE NOVIEMBRE DE 2008