MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

 

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

 

Resolución Nº 283/2009

 

Bs. As., 30/3/2009

 

VISTO el Expediente Nº 141/2008 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Resolución Nº 101 de fecha 21 de febrero de 2007 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su calidad de representante del concedente (ESTADO NACIONAL), se ejerce la opción de reincorporación de la ejecución de las obras faltantes para la finalización de la "AUTOPISTA CEIBAS - GUALEGUAYCHU" en el Contrato de Concesión del Corredor Vial Nacional Nº 18.

 

Que dicha Resolución determinó: 1) El valor de las obras en CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 155.023.866,93.-) incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA); 2) El plazo máximo de ejecución de las obras en VEINTICUATRO (24) meses; 3) Las erogaciones mencionadas, que serán compensadas a la concesionaria mediante la utilización de recursos provenientes del fideicomiso creado por el Decreto Nº 976 de fecha 31 de julio de 2001.

 

Que la "AUTOPISTA CEIBAS - GUALEGUAYCHU" está integrada por las siguientes obras que la conforman: 1) Autopista CEIBAS - GUALEGUAYCHU - Rubro Camino; 2) Autopista CEIBAS – GUALEGUAYCHU - Rubro Puentes; 3) Autopista CEIBAS GUALEGUAYCHU - Remodelación Alto Nivel Ruta Nacional Nº 14 y Ruta Nacional Nº 12 en CEIBAS - Rubro Camino; 4) Autopista CEIBAS - GUALEGUAYCHU - Remodelación Alto Nivel Ruta Nacional Nº 14 y Ruta Nacional Nº 12 en CEIBAS - Rubro Puentes.

 

Que el diseño del paquete estructural de la obra "AUTOPISTA CEIBAS – GUALEGUAYCHU" fue aprobado en la primera adecuación del "ACTA ACUERDO DE REFORMULACION DEL CONTRATO DE CONCESION DE OBRA PUBLICA PARA LAS MEJORAS, AMPLIACION, REMODELACION, CONSERVACION Y ADMINISTRACION DEL CORREDOR Nº 18, PERTENECIENTE AL GRUPO V DE LA RED VIAL NACIONAL" suscripta en fecha 17 de septiembre de 2001, con datos de tránsito y carga anteriores a dicha adecuación.

 

Que la concesionaria CAMINOS DEL RIO URUGUAY SOCIEDAD ANONIMA ha presentado un proyecto de modificación de obra que trata sobre la modificación de la estructura de los pavimentos como consecuencia del considerable incremento del tránsito que ha habido desde el momento de su cálculo original hasta la actualidad.

 

Que ello es así, en armonía con el crecimiento general del país razón por la cual, para la vida útil prevista de DIEZ (10) años, resulta conveniente ajustar la estructura a lo que surge del método de cálculo adoptado por el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS; y utilizado por la concesionaria CAMINOS DEL RIO URUGUAY SOCIEDAD ANONIMA en su informe, con los datos del tránsito vigente y su proyección hasta el fin de la vida útil prevista.

 

Que el objeto principal de la modificación de obra propuesta, es el refuerzo estructural del pavimento que corresponde al "Rubro Camino" de las obras citadas en los puntos 1) y 3) del tercer considerando, permaneciendo sin variación las indicadas en los puntos 2) y 4).

 

Que existen algunos ítems cuya variación es superior al VEINTE POR CIENTO (20%) de la cantidad determinada en el contrato original, conviniendo las partes mantener el precio unitario fijado en dicho contrato.

 

Que tales modificaciones conforme a las particularidades de la obra y su lugar de enclave, requieren para su concreción una ampliación del plazo de obra oportunamente establecido por el término de SEIS (6) meses, trasladándose su vencimiento al 31 de agosto de 2009.

 

Que desde el punto de vista económico, el mayor gasto que origina la modificación de obra propuesta asciende a la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 21.099.436,79.-) IVA incluido, lo que representa un incremento en el costo de la obra del TRECE COMA SESENTA Y UNO POR CIENTO (13,61%) de aumento respecto al monto original de la obra de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 155.023.866,93.-), IVA incluido.

 

Que la Empresa concesionaria deberá ampliar la garantía de ejecución de la "AUTOPISTA CEIBAS – GUALEGUAYCHU" en la suma de PESOS UN MILLON CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.054.971,84.-), lo que representa un CINCO POR CIENTO (5%) del monto de la modificación de obra que se aprueba por la presente resolución.

 

Que asimismo, corresponde la aprobación de la documentación que integra la modificación en cuestión, consistente en: el presupuesto de obras y cuadros comparativos de cantidades e importes autorizados y a autorizar; el plan de trabajos y curva de inversiones; los perfiles tipo de estructura; las planillas de ítems que varían más del VEINTE POR CIENTO (20%) del valor determinado en el Contrato original y que se crean con indicación de su precio unitario; y la planilla con el resumen del balance económico de la obra; que como ANEXO forma parte integrante de la presente resolución.

 

Que el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES ha tomado la intervención que le compete a través de sus áreas técnicas.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Cláusula Tercera del Contrato de Concesión del Corredor Vial Nº 18 aprobado por el Decreto Nº 2039 de fecha 26 de septiembre de 1990, el Decreto Nº 1019 de fecha 6 de septiembre de 1996 y el ACTA ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL DEL CONTRATO DE CONCESION DE CAMINOS DEL RIO URUGUAY SOCIEDAD ANONIMA, aprobada por el Decreto Nº 1870 de fecha 12 de diciembre de 2006.

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º — Apruébase la modificación de la obra "AUTOPISTA CEIBAS - GUALEGUAYCHU", reincorporada al Contrato de Concesión del Corredor Vial Nacional Nº 18 por Resolución N° 101 de fecha 21 de febrero de 2007 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

 

ARTICULO 2º — Determínase en TRECE COMA SESENTA Y UNO POR CIENTO (13,61%), el incremento del precio total de la obra "AUTOPISTA CEIBAS - GUALEGUAYCHU", traduciéndose dicho porcentaje en la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 21.099.436,79.-) IVA incluido, lo que, adicionado a la suma determinada en el Artículo 2º de la Resolución Nº 101 de fecha 21 de febrero de 2007 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 155.023.866,93.-) IVA incluido, asciende a la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL TRESCIENTOS TRES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 176.123.303,72.-), IVA incluido.

 

ARTICULO 3º — Otórgase una ampliación del plazo de la obra "AUTOPISTA CEIBAS - GUALEGUAYCHU" por el término de SEIS (6) meses, trasladándose su vencimiento al 31 de agosto de 2009.

 

ARTICULO 4º — Apruébase el presupuesto de obras y cuadros comparativos de cantidades e importes aprobados y a aprobar; el plan de trabajos y curva de inversiones; los perfiles tipo de estructura; las planillas de ítems que varían más del VEINTE POR CIENTO (20%) del valor determinado en el Contrato original y que se crean con indicación de su precio unitario; y la planilla con el resumen del balance económico de la obra, que como ANEXO forman parte integrante de la presente resolución.

 

ARTICULO 5º — El gasto que demande el cumplimiento del Artículo 2º de la presente medida será abonado mediante la utilización de recursos provenientes del Fideicomiso creado por Decreto Nº 976 de fecha 31 de julio de 2001.

 

ARTICULO 6º — Amplíase la garantía de ejecución de la obra "AUTOPISTA CEIBAS - GUALEGUAYCHU" en la suma de PESOS UN MILLON CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UÑO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.054.971,84.-), lo que representa un CINCO POR CIENTO (5%) del monto determinado en el Artículo 2º de la presente resolución.

 

ARTICULO 7º — Aclárase que los valores establecidos en el Artículo 2º de la presente resolución son calculados a noviembre de 2006 y serán pasibles de actualización con los mismos índices utilizados por la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para la actualización del plan económico financiero.

ARTICULO 8º — El gasto indicado en el Artículo 2º se imputará al Presupuesto de la Administración Nacional, Ejercicio 2009, Programa 17, Proyecto 85, Obra 51, Inciso 4, Partida Principal 2, Partida Parcial 2, y se atenderá con cargo a la Fuente de Financiamiento 14 - Transferencias Internas.

 

ARTICULO 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. JOSE FRANCISCO LOPEZ, Secretario de Obras Públicas.

 

ANEXO I ANEXO II

e. 14/04/2009 Nº 24417/09 v. 14/04/2009