MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
Resoluci�n N� 3067/2012
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente N� 5682/2012 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE
CONCESIONES VIALES, �rgano desconcentrado dependiente de la DIRECCION NACIONAL
DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la �rbita de la SUBSECRETARIA DE
OBRAS PUBLICAS, dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, donde tramita el aumento
tarifario de los Contratos de Concesi�n de los Corredores Viales Nacionales Nros.
1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 aprobados por el Decreto N� 543 de fecha 21 de abril de
2010, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N� 543 de fecha 21 de abril de 2010, el PODER EJECUTIVO
NACIONAL ratific� los Contratos de Concesi�n de los Corredores Viales Nacionales
Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, celebrados entre la DIRECCION NACIONAL DE
VIALIDAD en su car�cter de Autoridad de Aplicaci�n y las empresas Concesionarias
CV1 CONCESIONARIA VIAL SOCIEDAD ANONIMA, CORREDOR DE INTEGRACION PAMPEANA
SOCIEDAD ANONIMA, AUTOVIA BS. AS. A LOS ANDES SOCIEDAD ANONIMA, CARRETERAS
CENTRALES DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, CINCOVIAL SOCIEDAD ANONIMA, CAMINOS DEL
PARANA SOCIEDAD ANONIMA, VIALNOA SOCIEDAD ANONIMA y CORREDOR CENTRAL SOCIEDAD
ANONIMA, respectivamente.
Que la Cl�usula S�ptima �Ingresos de la Concesionaria�, Apartado 7.1 del
Contrato de Concesi�n de los Corredores Viales Nacionales Nros. 1, 2, 3, 4, 5,
6, 7 y 8, establece que son ingresos de las Concesionarias, entre otros, las
tarifas de peaje previstas por los respectivos Pliegos de Especificaciones
T�cnicas Particulares, los ingresos que obtenga de la explotaci�n de las �reas
de servicios, el porcentaje que le corresponda de las explotaciones
complementarias y las subvenciones del ESTADO NACIONAL a cada Corredor Vial, en
caso que corresponda.
Que por la Resoluci�n N� 207 de fecha 6 de febrero de 2012 del Registro de esta
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se instruy� al ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES
VIALES, y a las �reas pertinentes de esta DIRECCION NACIONAL, a efectuar una
revisi�n integral de los Contratos de Concesi�n de los Corredores Viales
Nacionales Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 aprobados por el Decreto N� 543/2010.
Que siendo as�, se suscribieron oportunamente entre el Se�or ADMINISTRADOR
GENERAL de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD y las Concesionarias de los
Corredores Viales Nacionales Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, las ACTAS DE
READECUACION, ratificadas por las Resoluciones Nros. 3058, 3059, 3060, 3061,
3062, 3063 y 3064, todas de fecha 27 de diciembre de 2012 del Registro de la
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.
Que por Cl�usula Quinta de las respectivas ACTAS DE READECUACION se estableci�
que: �...La AUTORIDAD DE APLICACION podr� decidir variaciones en el Cuadro
Tarifario. Se analizar� la incidencia de dichas variaciones en oportunidad de
efectuarse la revisi�n anual del CONTRATO de conformidad con lo acordado en la
CLAUSULA siguiente...�.
Que en tal sentido, se considera oportuno y conveniente aprobar nuevos Cuadros
Tarifarios para los Corredores Viales Nacionales Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8
aprobados por el Decreto N� 543/2010, que como Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII
y VIII forman parte de la presente medida.
Que por otro lado, por Resoluci�n N� 1.516 de fecha 2 de agosto de 2012 del
Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se dispuso la percepci�n de un
Recurso de afectaci�n espec�fica a obras de aplicaci�n a todas las Categor�as de
los Cuadros Tarifarios de los Corredores Viales Nacionales Nros. 1, 2, 3, 4, 5,
6, 7 y 8 aprobados por el Decreto N� 543/2010, con destino al financiamiento de
obras de infraestructura en las zonas de concesi�n de cada uno de los Corredores
Viales, aprob�ndose los Cuadros Tarifarios a ser aplicados al p�blico usuario
resultantes de la aplicaci�n de dichos Recursos de Afectaci�n Espec�fica a Obras
y luego rectificados sus Anexos por la Resoluci�n N� 1.912 de fecha 7 de
septiembre de 2012 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.
Que corresponde en consecuencia, aprobar los nuevos montos de Recursos de
Afectaci�n Espec�fica a Obras para los Corredores Viales Nacionales Nros. 1, 2,
3, 4, 5, 6, 7 y 8 aprobados por el Decreto N� 543/2010, que surgen de los
Cuadros Tarifarios que como Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII forman
parte de la presente medida.
Que el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES ha tomado la intervenci�n que le
compete.
Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
ha tomado la intervenci�n que le corresponde.
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N�
17.520 y su modificatoria N� 23.696, por el Decreto Ley N� 505/58, ratificado
por Ley N� 14.467, y los Decretos N� 1020 de fecha 30 de julio de 2009 y N� 543
de fecha 21 de abril de 2010.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1� � Apru�banse los Cuadros Tarifarios que como Anexos I, II, III, IV,
V, VI, VII y VIII forman parte de la presente medida, a ser aplicados al p�blico
usuario de las Concesiones de los Corredores Viales Nacionales Nros. 1, 2, 3, 4,
5, 6, 7 y 8 aprobados por el Decreto N� 543/2010.
ARTICULO 2� � Los Cuadros Tarifarios que se aprueban en el art�culo 1� de la
presente resoluci�n, deber�n darse a conocer a los usuarios por las empresas
Concesionarias CV1 CONCESIONARIA VIAL SOCIEDAD ANONIMA, CORREDOR DE INTEGRACION
PAMPEANA SOCIEDAD ANONIMA, AUTOVIA BS. AS. A LOS ANDES SOCIEDAD ANONIMA,
CARRETERAS CENTRALES DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, CINCOVIAL SOCIEDAD ANONIMA,
CAMINOS DEL PARANA SOCIEDAD ANONIMA, VIALNOA SOCIEDAD ANONIMA y CORREDOR CENTRAL
SOCIEDAD ANONIMA, a trav�s de su publicaci�n durante DOS (2) d�as corridos, en
por lo menos DOS (2) de los principales medios period�sticos de la zona de
influencia de cada Concesi�n, de manera previa a su aplicaci�n.
ARTICULO 3� � Notif�quese a las Empresas Concesionarias CV1 CONCESIONARIA VIAL
SOCIEDAD ANONIMA, CORREDOR DE INTEGRACION PAMPEANA SOCIEDAD ANONIMA, AUTOVIA BS.
AS. A LOS ANDES SOCIEDAD ANONIMA, CARRETERAS CENTRALES DE ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA, CINCOVIAL SOCIEDAD ANONIMA, CAMINOS DEL PARANA SOCIEDAD ANONIMA,
VIALNOA SOCIEDAD ANONIMA y CORREDOR CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, por alguno de los
medios previstos en el art�culo 41 del Reglamento de la Ley de Procedimientos
Administrativos - Decreto N� 1759/72 (T.O. 1991).
ARTICULO 4� � Reg�strese, comun�quese, publ�quese, d�se a la Direcci�n Nacional
de Registro Oficial y arch�vese. � Ing. NELSON G. PERIOTTI, Administrador
General, Direcci�n Nacional de Vialidad.