RESOLUCION
842/14
BUENOS AIRES, 30 ABR 2013
VISTO el Expediente N� 18.04512009 deI
Registro de la DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD, por el cual tramita el
"ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N
- CARLOS CASARES", y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N� 1248 de fecha 15 de septiembre de 2006
se declar� de inter�s p�blico, en el marco del R�gimen Nacional de Iniciativa
Privada establecido en el Decreto N� 966 de fecha 16 de agosto de 2005, el objeto
de la propuesta presentada por la Empresa HOMAQ SOCIEDAD AN�NIMA, consistente
en la construcci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n en concesi�n de
un tramo de la actual Ruta Nacional N� 5, comprendido entre las ciudades de
LUJ�N y 1 CARLOS CASARES, ambas en la Provincia de BUENOS AIRES, denominada:
"AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES".
Que por el Decreto N� 866 de fecha 28 de mayo de 2008, el
PODER EJECUTIVO NACIONAL aprob� el Contrato de Concesi�n de Obra P�blica para �a construcci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n
en concesi�n de un tramo de la actual Ruta Nacional N� 5, comprendido entre las
ciudades de LUJ�N y CARLOS CASARES, ambas en la Provincia de BUENOS AIRES,
denominada: "AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES", a la empresa HOMAQ
SOCIEDAD ANONIMA
Que, consecuentemente, la empresa HOMAQ SOCIEDAD AN�NIMA,
adjudicataria del Contrato de Concesi�n, constituy� la empresa H5 SOCIEDAD Que,
por Decreto N� 1.020 de fecha 30de julio de 2009, el PODER EJECUTIVO NACIONAL
constituy� a esta DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD, como la Autoridad de
Aplicaci�n del Contrato de Concesi�n Vial aprobado por el Decreto N� 866108.
Que, en tal car�cter, esta DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD
se encuentra facultada para llevar adelante una evaluaci�n permanente del grado
de cumplimiento del Contrato de Concesi�n antes mencionado. Que la grave crisis
econ�mica global desatada durante los a�os 2008 y 2009 y la consecuente
imposibilidad de financiamiento, ha impactado en la ecuaci�n econ�mico-
financiera del contrato, hecho que deriv� en el cumplimiento parcial de las
obligaciones rec�procas a cargo de las partes.
Que este Organismo, a trav�s del �RGANO DE CONTROL DE
CONCESIONES VIALES, ha verificado los retrasos existentes en la ejecuci�n de la
obra y en la adecuaci�n del monto de la tarifa. Que dichas circunstancias
dificultaron �a ejecuci�n del Contrato de Concesi�n de
Obra P�blica de la "AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES" tal como estaba
convenido, imposibilitando su prosecuci�n en tales t�rminos.
Que en aras del inter�s p�blico comprometido, dado que,
la extinci�n del contrato no resolver�a por s� misma la verdadera problem�tica
subyacente, a trav�s e las dependencias t�cnicas del
�RGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES se exploraron otras alternativas para
continuar con el desarrollo de la concesi�n, teniendo en cuenta que se trata de
la prestaci�n de un servicio p�blico que garantiza el desplazamiento seguro de
los ciudadanos y los bienes, a trav�s de un trazado vial acorde a ello.
Que, en consecuencia, se ha suscripto el "ACTA
ACUERDO DE ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N - CARLOS
CASARES", entre esta DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD, en car�cter de
Autoridad de Aplicaci�n, y la Empresa Concesionaria H5 SOCIEDAD AN�NIMA.
Que a trav�s de la misma, las partes manifiestan haber
alcanzado un acuerdo sobre la adecuaci�n del Contrato de Concesi�n respectivo,
dej�ndose asentado que el nuevo plexo contractual constituido por el Acta
mencionada y por las nuevas Pautas Contractuales, que como Anexo 1 integran
dicha Acta, es autosuficiente en s� mismo, por lo que no ser�a de aplicaci�n
ninguna otra norma existente en los anteriores documentos contractuales si no
se encuentra expresamente contenida en los nuevos instrumentos.
Que el �RGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES tom� la
intervenci�n que le compete. Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JUR�DICOS de esta
DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD ha tomado la intervenci�n de su competencia
mediante Dictamen N� 49.294. / / Que la presente medida se dicta en ejercicio
de las facultades conferidas
dispns
t�cnicas del �RGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES se exploraron otras
alternativas para continuar con el desarrollo de la concesi�n, teniendo en
cuenta que se trata de la prestaci�n de un servicio p�blico que garantiza el
desplazamiento seguro de los ciudadanos y los bienes, a trav�s de un trazado
vial acorde a ello. Que, en consecuencia, se ha suscripto el "ACTA ACUERDO
DE ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N - CARLOS
CASARES", entre esta DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD, en car�cter de
Autoridad de Aplicaci�n, y la Empresa Concesionaria H5 SOCIEDAD AN�NIMA.
Que a trav�s de la misma, las partes manifiestan haber
alcanzado un acuerdo sobre la adecuaci�n del Contrato de Concesi�n respectivo,
dej�ndose asentado que el nuevo plexo contractual constituido por el Acta
mencionada y por las nuevas Pautas Contractuales, que como Anexo I integran
dicha Acta, es autosuficiente en s� mismo, por lo que no ser�a de aplicaci�n
ninguna otra norma existente en los anteriores documentos contractuales si no
se encuentra expresamente contenida en los nuevos instrumentos.
Que el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES tom� la
intervenci�n que le compete.
Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JUR�DICOS de esta DIRECCI�N
NACIONAL DE VIALIDAD ha tomado la intervenci�n de su competencia mediante
Dictamen N� 49.294. �
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las
facultades conferidas por el Decreto Ley N� 505/58, ratificado por la Ley N�
14.467, la Ley N� 17.520 y su modificatoria Ley N� 23.696; art�culo 300 de la
Ley N� 13.064; los art�culos 4�, 12 inciso a) y 350 del Decreto N� 1.023 de
fecha 13 de agosto de 2001; as� como los art�culos 40 y 70 del Decreto N� 1.020
de fecha 30 de julio de 2009.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCI�N NACIONAL DE
VIALIDAD
RESUELVE:
ART�CULO
1�.-
Apru�base el "ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA
AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES", celebrada entre esta DIRECCI�N NACIONAL
DE VIALIDAD y la Empresa Concesionaria H5 SOCIEDAD AN�NIMA, que como ANEXO
forma parte de la presente Resoluci�n.
ARTICULO
2�.-
Notif�quese por intermedio del �RGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES a la
Empresa Concesionaria N5 SOCIEDAD AN�NIMA por alguno de los medios previstos en
el Art�culo 41 deI Reglamento de Procedimientos
Administrativos Decreto N� 1.759172 T.O. 1991.
ARTICULO
3�.-
Reg�strese, comun�quese, arch�vese.
ACTA
ACUERDO DE ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N - CARLOS
CASARES
Entre la DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD, con domicilio en
la Avenida Julio Argentino Roca N� 738, 2�- piso de la CIUDAD AUT�NOMA DE
BUENOS AIRES (en adelante DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD o DNV), representada
en este acto por su ADMINISTRADOR GENERAL, Ingeniero Nelson Guillermo PERIOTTI
y por la otra, el Ente Concesionario 115 SOCIEDAD AN�NIMA, con domicilio en Av.
Del Libertador N� 5936 Piso 13 de la CIUDAD AUT�NOMA DE BUENOS AIRES, (en
adelante el ENTE CONCESIONARIO), representado en este acto por su Presidente,
D. Jos� Dar�o CLEBA�ER, suscriben la presente ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N
CONTRACTUAL.--------------------------
Las partes manifiestan haber alcanzada un ACUERDO sobre
la ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N-CARLOS CASARES, que
se instrumenta a trav�s de la presente ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N CONTRACTUAL
conforme a las siguientes consideraciones y t�rminos.---------------
PARTE PRIMERA
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES
Que por Decreto N� 1248 de fecha 15 de septiembre de 2006
se declar� de inter�s p�blico, en el marco del R�gimen Nacional de Iniciativa
Privada establecido por Decreto N�966 de fecha 16 de agosto de 2005, el objeto
de la propuesta presentada por la Empresa HOMAQ SOCIEDAD AN�NIMA, consistente
en la construcci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n en concesi�n de
un tramo de la actual Ruta Nacional N� 5, comprendido entre las ciudades de
LUJ�N y CARLOS CASARES, ambas de la Provincia de BUENOS AIRES denominada:
"AUTOV�A LUJAN - CARLOS CASARES".� -------- ----- -
Que por Decreto N� 866 de fecha - 28 de mayo de2008, el PODER
-EJECUTIVO NACIONAL otorg� la concesi�n por peaje para la construcci�n,
mantenimiento, administraci�n y explotaci�n en concesi�n de un tramo de la
actual Ruta Nacional N� 5, comprendido entre las ciudades de LUJAN y CARLOS
CASARES, ambas de la Provincia de BUENOS AIRES, denominada: "AUTOVIA LUJ�N
- CARLOS CASARES", a la empresa HOMAQ SOCIEDAD AN�NIMA.------------------
Que consecuentemente, la empresa HOMAQ SOCIEDAD - AN�NIMA
constituy� el Ente Concesionario denominado H5 SOCIEDAD AN�NIMA.--------
Que el R�gimen Nacional de Iniciativa Privada esta concebido corno un mecanismo de participaci�n de los
Entes privados en el desarrollo de La infraestructura econ�mica y social del
pa�s, de modo tal de estimular a los particulares a participar en proyectos de
obra p�blica, concesi�n de obra p�blica, concesi�n de servicios p�blicos,
licencias y/o cualquier otra modalidad, a ser desarrollada mediante los
diversos sistemas de contrataci�n regulados por las Leyes N� 13.064, N� 17.520
y N� 23.69&.-----------------------------------------------------------------------
-------
�Que ese R�gimen
Nacional tiene como elemento esencial y distintivo, la fuente de financiamiento
del proyecto a desarrollarse, que debe ser privada.-------
Que bajo esa concepci�n, se licit� y adjudic� la
construcci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n en concesi�n de la
denominada: "AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES", estableciendo el Pliego
de Bases y Condiciones aprobado por Resoluci�n N� 422 de fecha 2 de julio de
2007 del MINISTERIO DE PLANIFICACI�N-FEDERAL, INVERSI�N P�BLICA Y SERVICIOS,
como condici�n de validez de la oferta, una "Caita de Intenci�n" de
una entidad financiera mediante la cual manifieste la voluntad firme e
irrevocable de otorgar al "postulante", la financiaci�n suficiente
para el desarrollo de las obras y el cumplimiento de las dem�s - obligaciones
contractuales para los A�os 1 a 3 de concesi�n. Luego, al inicio de cada una de
las siguientes Etapas: A�os 3 a 6; 7 a 10; 11 a 14; 15 a 17, deber� presentar
similar Carta de Intenci�n, por las obras y obligaciones vinculada a cada una
de esas Etapas.
Que la grave crisis econ�mica global, desatada a partir
del a�o 2008, impact� negativamente en la estructura econ�mica del contrato,
como consecuencia directa de la debacle de los mercados de capital
internacional.--------------------------
Que lo anterior deriv� en la imposibilidad de obtenci�n
de financiamiento, por parte del Ente Concesionario, para la ejecuci�n de las
obras previstas y el cumplimiento de las dem�s obligaciones contractuales
asumidas. --- ------------
Que los efectos generados por la referida crisis
econ�mica global ha motivado, asimismo, el cumplimiento parcial de las obligaciones
a cargo del Concedente. Que ese escenario internacional adverso, ha puesto en
crisis el Contrato de Concesi�n de la "AUTOV�A LUJ�N - CARLOS
CASARES", torn�ndolo inviable y no resultando posible su continuidad en
sus actuales t�rminos.--------------------- -
Que dicha situaci�n, que afect� al Contrato de Concesi�n
desde sus inicios, condujo a las partes a explorar la posibilidad de extinguir
el v�nculo contractual por mutuo acuerdo, coincidiendo ambas, que la estructura
econ�mica del Contrato, tal como se la concibi� originariamente, devino
abstracta tras el colapso econ�mico y financiero internacional.
Que no obstante haber explorado dicha posibilidad,
resulta necesario considerar otras alternativas en aras del inter�s p�blico
comprometido, dado que, la extinci�n del contrato no resolver�a por s� misma la
verdadera problem�tica subyacente, que es la prestaci�n de un servicio p�blico
que garantice el desplazamiento seguro de los ciudadanos y de los bienes, a
trav�s de un trazado vial acorde a ello.--------- --
Que la rescisi�n del actual Contrato de Concesi�n
implicar�a necesariamente la definici�n de un nuevo modelo de gesti�n del tramo
concesionado, cuya implementaci�n y resultado, atendiendo a las actuales condiciones
econ�micas y financieras internacionales, resultar�a
incierto.-----------------------------------...
Que a pesar del infortunio de las condiciones externas
que tornaron inviable el contrato en sus actuales t�rminos, las partes han
mantenido y mantienen vigente el compromiso de llevar adelante el objeto del
mismo, que es el de brindar a la ciudadan�a un trazado vial que garantice su
traslado seguro, as� como el de los bienes producidos con el esfuerzo del
conjunto de la sociedad.
Que consecuentemente, las partes entienden necesario
adecuar integralmente el Contrato de Concesi�n de la "AUTOVA LUJ�N -
CARLOS CASARES" a la realidad vigente, fijando nuevas pautas que de aqu�
en adelante regir�n la vida del Contrato, adoptando a tal fin, un esquema
contractual semejante al de los Corredores Viales Nacionales N� 1, 2, 3, 4, 5,
6, 7 y
Que en m�rito de lo expuesto, las PARTES ACUERDAN:
PARTE
SEGUNDA
T�RMINOS Y CONDICIONES DE LA ADECUACION DEL CONTRATO DE
CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N CARLOS CASARES
ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N
CL�USULA
PRIMERA: OBJETO. Las partes acuerdan adecuar el Contrato de
Concesi�n de la "AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES" aprobado por Decreto
N� 866 de fecha 28 de mayo de 2008, de conformidad con las condiciones que se
establecen en la presente ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N CO�TRACTUAL y las
estipulaciones de las PAUTAS CONTRACTUALES, que como ANEX� 1 forma parte
integrante de la presente Acta, y que de aqu� en adelante regularan la vida del
Contrato bajo los disposiciones de las Leyes N�17.520 y N�
13.064.-----------------
CL�USULA
SEGUNDA: DOCUMETACI�N CONTRACTUAL. El nuevo plexo contractual
constituido por la presente ACTA ACUERDO DE -ADECUACI�N - CONTRACTUAL y por las
PAUTAS CONTRACTUALES es autosuficiente en si mismo.
Es decir, que la concesi�n de obra en cuesti�n se regir� s�lo por las formas
que constan en los mismos, no siendo de aplicaci�n ninguna otra norma existente
en los anteriores documentos contractuales si no est� expresamente contenida en
los nuevos instrumentos.-----
CL�USULA
TERCERA: EQUILIBRIO. Dado que la crisis econ�mica global y su
consecuente debacle de los mercados financieros internacionales, ha impactado
negativamente en la estructura econ�mica del Contrato, torn�ndolo inviable y
dando ello lugar al cumplimiento parcial de las obligaciones en cabeza de las
partes, por razones ajenas a la voluntad de las mismas, la "DNV" y el
"ENTE CONCESIONARIO" declaran, consecuentemente, no tener nada que
reclamarse en concepto de incumplimientos contractuales con car�cter previo a
la firma de la presente ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N CONTRACTUAL.-----------------------------------------------------------
�En virtud de ello,
en el convencimiento de que la presente Acta Acuerdo configura un renacer de
las obligaciones contractuales, �as partes consideran
que la Concesi�n se encuentra a partir de su adecuaci�n, equilibrada.---------------------------------------------------------------------------------
CL�USULA
CUARTA: TARIFAS. A partir de la entrada en vigencia de la
presente Acta Acuerdo, ser� de aplicaci�n a los usuarios de la "AUTOV�A
LUJ�N � CARLOS CASARES", los Cuadros Tarifarios que como ANEXO II forman
parte integrante de la presente. --------------------------- ------ ---------
Mantendr� vigencia la excepci�n de cobro de Tarifa
dispuesta oportunamente a los vecinos del partido bonaerense de MERCEDES.----------------------------
La AUTORIDAD DE APLICACI�N podr� decidir variaciones en
el Cuadro Tarifado y disponer sobre este, la percepci�n de recursos d� afectaci�n espec�fica destinados al desarrollo de proyectos
de infraestructura.--------------------------------------------
Los cuadros tarifarios no estar�n sujetos a solicitud de
revisi�n por parte del ENTE CONCESIONARIO.----------------------------------
Toda variaci�n tarifaria decidida por la AUTORIDAD DE
APLICACION implicar� la ADECUACI�N DEL FLUJO DE INGRESOS y su consecuente
incidencia en la certificaci�n de la Obra OMSA, conforme lo establecido en las
cl�usulas siguientes.-
CL�USULA
QUINTA: FLUJO DE INGRESOS. Estar� determinado por el resultante
de la multiplicaci�n de tr�nsito pagante previsto, por tarifa vigente, por
�ndice de crecimiento de tr�nsito previsto, de acuerdo a los valores y
especificaciones establecidas en las PAUTAS CONTRACTUALES y sus documentos
anexos.---------------------------------------------
CL�USULA
SEXTA: COMPOSICI�N Y AJUSTE DE LA OBRA OMSA. De acuerdo a lo
establecido en las PAUTAS CONTRACTUALES y sus documentos anexos, las partes han
determinado el precio de las tareas de operaci�n, conservaci�n, mantenimiento y
servicios de apoyo del CORREDOR VIAL, cuya ejecuci�n se obliga a llevar
adelante el ENTE CONCESIONARIO y que conforman la Obra de Operaci�n,
Mantenimiento y Servicios de Apoyo (OMSA)---------------------------------
Mensualmente la AUTORIDAD DE APLICACI�N, a trav�s del
�RGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, llevar� adelante la medici�n de los
trabajos de la Obra OMSA efectivamente ejecutados por el ENTE CONCESIONARIO, a
efectos de confeccionar el correspondiente certificado de obra. A dicho
certificado mensual le ser� descontado el ingreso tarifario previsto en el
FLUJO DE INGRESOS.---------------------
Anualmente se efectuar� una comparativa del ingreso
previsto en el FLUJO DE INGRESOS con el ingreso real percibido por el ENTE
CONCESIONARIO. De verificarse un ingreso real mayor al previsto, el mismo ser�
descontado del certificado de la Obra OMSA correspondiente al mes siguiente en
que fuera efectuada la verificaci�n--------------------
La variaci�n en menos del ingreso previsto en el FLUJO DE
INGRESOS, no dar� lugar a reclamo alguno por parte del ENTE CONCESIONARIO,
siendo tal hecho - considerado como riesgo empresario.-----------------------------------------
Ser� de aplicaci�n a la Obra OMSA lo establecido por el
Decreto N� 1295 de fecha 19 de julio de 2002 de Redeterminaci�n de Precios y su
normativa complementaria, tom�ndose el rubro "Repavimentaci�n" para
su c�lculo.-
CL�USULA
S�PTIMA: PLAN DE OBRAS. La Obra de Operaci�n, Mantenimiento y Servicios
de Apoyo (OMSA), junto a las Obras de Reacondicionamiento de Infraestructura
(ORI) y las Obras Nuevas (ONU) descriptas en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES
T�CNICAS PARTICULARES de las PAUTAS CONTRACTUALES, conforman el PLAN DE OBRAS
objeto de la presente CONCESI�N.
CL�USULA
OCTAVA: INICIO DE LA OBRA OMSA. Tomando en consideraci�n
los t�rminos de la presente ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N CONTRACTUAL, el primer
certificado de la Obra de Operaci�n, Mantenimiento y Servicios de Apoyo (OMSA),
contemplar� las cantidades ejecutadas acumuladas desde el 1 de mayo de 2013
hasta la fecha de emisi�n del certificado referido, conforme las previsiones de
las PAUTAS CONTRACTUALES.-----------------------------------
Todas aquellas tareas de conservaci�n y mantenimiento previstas
en el PLAN DE OBRAS establecido en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES T�CNICAS
PARTICULARES de las PAUTAS CONTRACTUALES, ser�n con cargo a la Obra COMSA. ------------------
--------------- ------
CL�USULA
NOVENA: RENUNCIAS: El ENTE CONCESIONARIO manifiesta conocer y
aceptar las incidencias econ�mico-financieras qu� pudieran surgir como
consecuencia de la presente ACTA ACUERDO y de las causas que dieron lugar a las
alteraciones del CONTRATO DE CONCESI�N, renunciando a todo reclamo
administrativo y/o judicial y/o demanda fundada en da�os sufridos o menoscabo a
su patrimonio que pudieran ocasionarse por cualquier concepto, a ra�z de la
presente adecuaci�n contractual.---------- ------ ----- -------- -- --
CL�USULA
D�CIMA. PREVISI�N DE JUICIOS. La DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD
impartir� durante el �ltimo a�o de CONCESI�N, las instrucciones necesarias al
ENTE CONCESIONARIO, para que �ste efect�e la previsi�n contable de los juicios
iniciados en su contra. ------
A esos fines, el ENTE CONCESIONARIO deber� individualizar
las acciones judiciales iniciadas por terceros con motivo y/o en ocasi�n de la
CONCESI�N y estimar los montos involucrados en las mismas, a efectos de evaluar
su incidencia en la liquidaci�n final y cierre de la CONCESION ------------
CL�USULA
D�CIMA PRIMERA. INDEMNIZACI�N DEL PERSONAL.
A la finalizaci�n de la CONCESI�N, el siguiente
CONCESIONARIO del CORREDOR VIAL ser� el continuador de la tot�lidad
de los contratos de trabajo del personal que prestare servicios para el ENTE
CONCESIONARIO a la fecha de traspaso de la CONCESI�N. Por ello, el nuevo CONCESIONARIO
afrontar� la indemnizaci�n del personal, sin que corresponda en ning�n caso al
actual ENTE CONCESIONARIO el pago de indemnizaci�n
alguna.----------------------------
CL�USULA
D�CIMA SEGUNDA. ENTRADA EN VIGENCIA. Las partes acuerdan que la
presente ACTA ACUERDO y sus PAUTAS CONTRACTUALES entrar�n en - vigencia a
partir de la notificaci�n de su aprobaci�n por Acto Administrativo de la AUTORIDAD
D� APLICACI�N.----------
CL�USULA D�CIMA TERCERA. FACULTADES PARA LA CELEBRACI�N DEL ACTA ACUERDO. Jos� Dar�o CLEBA�ER (DM N� 17.147.388), declara bajo juramento contar con facultades suficientes para la celebraci�n del presente ACTA ACUERDO, en nombre y representaci�n del ENTE CONCESIONARIO. En prueba de conformidad, se firman DOS�(2) ejemplares de un mismo tenor y a un s�lo efecto, en la CIUDAD AUT�NOMA DE BUENOS AIRES, a los ����d�as del mes de Abril de 2013.
En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un s�lo efecto, en la CIUDAD AUT�NOMA DE BUENOS AIRES, a los ----------------d�as del mes de Abril de 2013.
ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N CONTRACTUAL
CORREDOR VIAL AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES
ANEXO 1: PAUTAS CONTRACTUALES
ANEXO A: PLIEGO DE ESPECIFICACIONES T�CNICAS GENERALES -
ANEXO: FLUJO DE INGRESOS PROYECTADOS
ANEXO B: PLIEGO DE ESPECIFICACIONES T�NCINAS PARTICULARES
- (*) ANEXO 1: Obras de Reacondicionamiento de Infraestructura (OR1)
- (t) ANEXO II: Obras Nuevas (ONU)
- (*) ANEXO III: Obra de Operaci�n, Mantenimiento y Servicios de Apoyo (OMSA)
- (*) ANEXO IV: Especificaciones T�cnicas Particulares m ANEXO II: CUADROS TARJFARIOS.
-(*) Nota: Estos Anexos obran por cuerda separada.