RESOLUCION 842/14

BUENOS AIRES, 30 ABR 2013

VISTO el Expediente N� 18.04512009 deI Registro de la DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD, por el cual tramita el "ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES", y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N� 1248 de fecha 15 de septiembre de 2006 se declar� de inter�s p�blico, en el marco del R�gimen Nacional de Iniciativa Privada establecido en el Decreto N� 966 de fecha 16 de agosto de 2005, el objeto de la propuesta presentada por la Empresa HOMAQ SOCIEDAD AN�NIMA, consistente en la construcci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n en concesi�n de un tramo de la actual Ruta Nacional N� 5, comprendido entre las ciudades de LUJ�N y 1 CARLOS CASARES, ambas en la Provincia de BUENOS AIRES, denominada: "AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES".

Que por el Decreto N� 866 de fecha 28 de mayo de 2008, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprob� el Contrato de Concesi�n de Obra P�blica para a construcci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n en concesi�n de un tramo de la actual Ruta Nacional N� 5, comprendido entre las ciudades de LUJ�N y CARLOS CASARES, ambas en la Provincia de BUENOS AIRES, denominada: "AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES", a la empresa HOMAQ SOCIEDAD ANONIMA

Que, consecuentemente, la empresa HOMAQ SOCIEDAD AN�NIMA, adjudicataria del Contrato de Concesi�n, constituy� la empresa H5 SOCIEDAD Que, por Decreto N� 1.020 de fecha 30de julio de 2009, el PODER EJECUTIVO NACIONAL constituy� a esta DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD, como la Autoridad de Aplicaci�n del Contrato de Concesi�n Vial aprobado por el Decreto N� 866108.

Que, en tal car�cter, esta DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD se encuentra facultada para llevar adelante una evaluaci�n permanente del grado de cumplimiento del Contrato de Concesi�n antes mencionado. Que la grave crisis econ�mica global desatada durante los a�os 2008 y 2009 y la consecuente imposibilidad de financiamiento, ha impactado en la ecuaci�n econ�mico- financiera del contrato, hecho que deriv� en el cumplimiento parcial de las obligaciones rec�procas a cargo de las partes.

Que este Organismo, a trav�s del �RGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, ha verificado los retrasos existentes en la ejecuci�n de la obra y en la adecuaci�n del monto de la tarifa. Que dichas circunstancias dificultaron a ejecuci�n del Contrato de Concesi�n de Obra P�blica de la "AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES" tal como estaba convenido, imposibilitando su prosecuci�n en tales t�rminos.

Que en aras del inter�s p�blico comprometido, dado que, la extinci�n del contrato no resolver�a por s� misma la verdadera problem�tica subyacente, a trav�s e las dependencias t�cnicas del �RGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES se exploraron otras alternativas para continuar con el desarrollo de la concesi�n, teniendo en cuenta que se trata de la prestaci�n de un servicio p�blico que garantiza el desplazamiento seguro de los ciudadanos y los bienes, a trav�s de un trazado vial acorde a ello.

Que, en consecuencia, se ha suscripto el "ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES", entre esta DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD, en car�cter de Autoridad de Aplicaci�n, y la Empresa Concesionaria H5 SOCIEDAD AN�NIMA.

Que a trav�s de la misma, las partes manifiestan haber alcanzado un acuerdo sobre la adecuaci�n del Contrato de Concesi�n respectivo, dej�ndose asentado que el nuevo plexo contractual constituido por el Acta mencionada y por las nuevas Pautas Contractuales, que como Anexo 1 integran dicha Acta, es autosuficiente en s� mismo, por lo que no ser�a de aplicaci�n ninguna otra norma existente en los anteriores documentos contractuales si no se encuentra expresamente contenida en los nuevos instrumentos.

Que el �RGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES tom� la intervenci�n que le compete. Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JUR�DICOS de esta DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD ha tomado la intervenci�n de su competencia mediante Dictamen N� 49.294. / / Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas

dispns t�cnicas del �RGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES se exploraron otras alternativas para continuar con el desarrollo de la concesi�n, teniendo en cuenta que se trata de la prestaci�n de un servicio p�blico que garantiza el desplazamiento seguro de los ciudadanos y los bienes, a trav�s de un trazado vial acorde a ello. Que, en consecuencia, se ha suscripto el "ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES", entre esta DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD, en car�cter de Autoridad de Aplicaci�n, y la Empresa Concesionaria H5 SOCIEDAD AN�NIMA.

Que a trav�s de la misma, las partes manifiestan haber alcanzado un acuerdo sobre la adecuaci�n del Contrato de Concesi�n respectivo, dej�ndose asentado que el nuevo plexo contractual constituido por el Acta mencionada y por las nuevas Pautas Contractuales, que como Anexo I integran dicha Acta, es autosuficiente en s� mismo, por lo que no ser�a de aplicaci�n ninguna otra norma existente en los anteriores documentos contractuales si no se encuentra expresamente contenida en los nuevos instrumentos.

Que el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES tom� la intervenci�n que le compete.

Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JUR�DICOS de esta DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD ha tomado la intervenci�n de su competencia mediante Dictamen N� 49.294.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Ley N� 505/58, ratificado por la Ley N� 14.467, la Ley N� 17.520 y su modificatoria Ley N� 23.696; art�culo 300 de la Ley N� 13.064; los art�culos 4�, 12 inciso a) y 350 del Decreto N� 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001; as� como los art�culos 40 y 70 del Decreto N� 1.020 de fecha 30 de julio de 2009.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD

RESUELVE:

ART�CULO 1�.- Apru�base el "ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES", celebrada entre esta DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD y la Empresa Concesionaria H5 SOCIEDAD AN�NIMA, que como ANEXO forma parte de la presente Resoluci�n.

ARTICULO 2�.- Notif�quese por intermedio del �RGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES a la Empresa Concesionaria N5 SOCIEDAD AN�NIMA por alguno de los medios previstos en el Art�culo 41 deI Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N� 1.759172 T.O. 1991.

ARTICULO 3�.- Reg�strese, comun�quese, arch�vese.

ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES

Entre la DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD, con domicilio en la Avenida Julio Argentino Roca N� 738, 2�- piso de la CIUDAD AUT�NOMA DE BUENOS AIRES (en adelante DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD o DNV), representada en este acto por su ADMINISTRADOR GENERAL, Ingeniero Nelson Guillermo PERIOTTI y por la otra, el Ente Concesionario 115 SOCIEDAD AN�NIMA, con domicilio en Av. Del Libertador N� 5936 Piso 13 de la CIUDAD AUT�NOMA DE BUENOS AIRES, (en adelante el ENTE CONCESIONARIO), representado en este acto por su Presidente, D. Jos� Dar�o CLEBA�ER, suscriben la presente ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N CONTRACTUAL.--------------------------

Las partes manifiestan haber alcanzada un ACUERDO sobre la ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N-CARLOS CASARES, que se instrumenta a trav�s de la presente ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N CONTRACTUAL conforme a las siguientes consideraciones y t�rminos.---------------

PARTE PRIMERA

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES

Que por Decreto N� 1248 de fecha 15 de septiembre de 2006 se declar� de inter�s p�blico, en el marco del R�gimen Nacional de Iniciativa Privada establecido por Decreto N�966 de fecha 16 de agosto de 2005, el objeto de la propuesta presentada por la Empresa HOMAQ SOCIEDAD AN�NIMA, consistente en la construcci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n en concesi�n de un tramo de la actual Ruta Nacional N� 5, comprendido entre las ciudades de LUJ�N y CARLOS CASARES, ambas de la Provincia de BUENOS AIRES denominada: "AUTOV�A LUJAN - CARLOS CASARES".� -------- ----- -

Que por Decreto N� 866 de fecha - 28 de mayo de2008, el PODER -EJECUTIVO NACIONAL otorg� la concesi�n por peaje para la construcci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n en concesi�n de un tramo de la actual Ruta Nacional N� 5, comprendido entre las ciudades de LUJAN y CARLOS CASARES, ambas de la Provincia de BUENOS AIRES, denominada: "AUTOVIA LUJ�N - CARLOS CASARES", a la empresa HOMAQ SOCIEDAD AN�NIMA.------------------

Que consecuentemente, la empresa HOMAQ SOCIEDAD - AN�NIMA constituy� el Ente Concesionario denominado H5 SOCIEDAD AN�NIMA.--------

Que el R�gimen Nacional de Iniciativa Privada esta concebido corno un mecanismo de participaci�n de los Entes privados en el desarrollo de La infraestructura econ�mica y social del pa�s, de modo tal de estimular a los particulares a participar en proyectos de obra p�blica, concesi�n de obra p�blica, concesi�n de servicios p�blicos, licencias y/o cualquier otra modalidad, a ser desarrollada mediante los diversos sistemas de contrataci�n regulados por las Leyes N� 13.064, N� 17.520 y N� 23.69&.----------------------------------------------------------------------- -------

Que ese R�gimen Nacional tiene como elemento esencial y distintivo, la fuente de financiamiento del proyecto a desarrollarse, que debe ser privada.-------

Que bajo esa concepci�n, se licit� y adjudic� la construcci�n, mantenimiento, administraci�n y explotaci�n en concesi�n de la denominada: "AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES", estableciendo el Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Resoluci�n N� 422 de fecha 2 de julio de 2007 del MINISTERIO DE PLANIFICACI�N-FEDERAL, INVERSI�N P�BLICA Y SERVICIOS, como condici�n de validez de la oferta, una "Caita de Intenci�n" de una entidad financiera mediante la cual manifieste la voluntad firme e irrevocable de otorgar al "postulante", la financiaci�n suficiente para el desarrollo de las obras y el cumplimiento de las dem�s - obligaciones contractuales para los A�os 1 a 3 de concesi�n. Luego, al inicio de cada una de las siguientes Etapas: A�os 3 a 6; 7 a 10; 11 a 14; 15 a 17, deber� presentar similar Carta de Intenci�n, por las obras y obligaciones vinculada a cada una de esas Etapas.

Que la grave crisis econ�mica global, desatada a partir del a�o 2008, impact� negativamente en la estructura econ�mica del contrato, como consecuencia directa de la debacle de los mercados de capital internacional.--------------------------

Que lo anterior deriv� en la imposibilidad de obtenci�n de financiamiento, por parte del Ente Concesionario, para la ejecuci�n de las obras previstas y el cumplimiento de las dem�s obligaciones contractuales asumidas. --- ------------

Que los efectos generados por la referida crisis econ�mica global ha motivado, asimismo, el cumplimiento parcial de las obligaciones a cargo del Concedente. Que ese escenario internacional adverso, ha puesto en crisis el Contrato de Concesi�n de la "AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES", torn�ndolo inviable y no resultando posible su continuidad en sus actuales t�rminos.--------------------- -

Que dicha situaci�n, que afect� al Contrato de Concesi�n desde sus inicios, condujo a las partes a explorar la posibilidad de extinguir el v�nculo contractual por mutuo acuerdo, coincidiendo ambas, que la estructura econ�mica del Contrato, tal como se la concibi� originariamente, devino abstracta tras el colapso econ�mico y financiero internacional.

Que no obstante haber explorado dicha posibilidad, resulta necesario considerar otras alternativas en aras del inter�s p�blico comprometido, dado que, la extinci�n del contrato no resolver�a por s� misma la verdadera problem�tica subyacente, que es la prestaci�n de un servicio p�blico que garantice el desplazamiento seguro de los ciudadanos y de los bienes, a trav�s de un trazado vial acorde a ello.--------- --

Que la rescisi�n del actual Contrato de Concesi�n implicar�a necesariamente la definici�n de un nuevo modelo de gesti�n del tramo concesionado, cuya implementaci�n y resultado, atendiendo a las actuales condiciones econ�micas y financieras internacionales, resultar�a incierto.-----------------------------------...

Que a pesar del infortunio de las condiciones externas que tornaron inviable el contrato en sus actuales t�rminos, las partes han mantenido y mantienen vigente el compromiso de llevar adelante el objeto del mismo, que es el de brindar a la ciudadan�a un trazado vial que garantice su traslado seguro, as� como el de los bienes producidos con el esfuerzo del conjunto de la sociedad.

Que consecuentemente, las partes entienden necesario adecuar integralmente el Contrato de Concesi�n de la "AUTOVA LUJ�N - CARLOS CASARES" a la realidad vigente, fijando nuevas pautas que de aqu� en adelante regir�n la vida del Contrato, adoptando a tal fin, un esquema contractual semejante al de los Corredores Viales Nacionales N� 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y

Que en m�rito de lo expuesto, las PARTES ACUERDAN:

PARTE SEGUNDA

T�RMINOS Y CONDICIONES DE LA ADECUACION DEL CONTRATO DE CONCESI�N DE LA AUTOV�A LUJ�N CARLOS CASARES

ADECUACI�N DEL CONTRATO DE CONCESI�N

CL�USULA PRIMERA: OBJETO. Las partes acuerdan adecuar el Contrato de Concesi�n de la "AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES" aprobado por Decreto N� 866 de fecha 28 de mayo de 2008, de conformidad con las condiciones que se establecen en la presente ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N CO�TRACTUAL y las estipulaciones de las PAUTAS CONTRACTUALES, que como ANEX� 1 forma parte integrante de la presente Acta, y que de aqu� en adelante regularan la vida del Contrato bajo los disposiciones de las Leyes N�17.520 y N� 13.064.-----------------

CL�USULA SEGUNDA: DOCUMETACI�N CONTRACTUAL. El nuevo plexo contractual constituido por la presente ACTA ACUERDO DE -ADECUACI�N - CONTRACTUAL y por las PAUTAS CONTRACTUALES es autosuficiente en si mismo. Es decir, que la concesi�n de obra en cuesti�n se regir� s�lo por las formas que constan en los mismos, no siendo de aplicaci�n ninguna otra norma existente en los anteriores documentos contractuales si no est� expresamente contenida en los nuevos instrumentos.-----

CL�USULA TERCERA: EQUILIBRIO. Dado que la crisis econ�mica global y su consecuente debacle de los mercados financieros internacionales, ha impactado negativamente en la estructura econ�mica del Contrato, torn�ndolo inviable y dando ello lugar al cumplimiento parcial de las obligaciones en cabeza de las partes, por razones ajenas a la voluntad de las mismas, la "DNV" y el "ENTE CONCESIONARIO" declaran, consecuentemente, no tener nada que reclamarse en concepto de incumplimientos contractuales con car�cter previo a la firma de la presente ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N CONTRACTUAL.-----------------------------------------------------------

En virtud de ello, en el convencimiento de que la presente Acta Acuerdo configura un renacer de las obligaciones contractuales, as partes consideran que la Concesi�n se encuentra a partir de su adecuaci�n, equilibrada.---------------------------------------------------------------------------------

CL�USULA CUARTA: TARIFAS. A partir de la entrada en vigencia de la presente Acta Acuerdo, ser� de aplicaci�n a los usuarios de la "AUTOV�A LUJ�N � CARLOS CASARES", los Cuadros Tarifarios que como ANEXO II forman parte integrante de la presente. --------------------------- ------ ---------

Mantendr� vigencia la excepci�n de cobro de Tarifa dispuesta oportunamente a los vecinos del partido bonaerense de MERCEDES.----------------------------

La AUTORIDAD DE APLICACI�N podr� decidir variaciones en el Cuadro Tarifado y disponer sobre este, la percepci�n de recursos d� afectaci�n espec�fica destinados al desarrollo de proyectos de infraestructura.--------------------------------------------

Los cuadros tarifarios no estar�n sujetos a solicitud de revisi�n por parte del ENTE CONCESIONARIO.----------------------------------

Toda variaci�n tarifaria decidida por la AUTORIDAD DE APLICACION implicar� la ADECUACI�N DEL FLUJO DE INGRESOS y su consecuente incidencia en la certificaci�n de la Obra OMSA, conforme lo establecido en las cl�usulas siguientes.-

CL�USULA QUINTA: FLUJO DE INGRESOS. Estar� determinado por el resultante de la multiplicaci�n de tr�nsito pagante previsto, por tarifa vigente, por �ndice de crecimiento de tr�nsito previsto, de acuerdo a los valores y especificaciones establecidas en las PAUTAS CONTRACTUALES y sus documentos anexos.---------------------------------------------

CL�USULA SEXTA: COMPOSICI�N Y AJUSTE DE LA OBRA OMSA. De acuerdo a lo establecido en las PAUTAS CONTRACTUALES y sus documentos anexos, las partes han determinado el precio de las tareas de operaci�n, conservaci�n, mantenimiento y servicios de apoyo del CORREDOR VIAL, cuya ejecuci�n se obliga a llevar adelante el ENTE CONCESIONARIO y que conforman la Obra de Operaci�n, Mantenimiento y Servicios de Apoyo (OMSA)---------------------------------

Mensualmente la AUTORIDAD DE APLICACI�N, a trav�s del �RGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, llevar� adelante la medici�n de los trabajos de la Obra OMSA efectivamente ejecutados por el ENTE CONCESIONARIO, a efectos de confeccionar el correspondiente certificado de obra. A dicho certificado mensual le ser� descontado el ingreso tarifario previsto en el FLUJO DE INGRESOS.---------------------

Anualmente se efectuar� una comparativa del ingreso previsto en el FLUJO DE INGRESOS con el ingreso real percibido por el ENTE CONCESIONARIO. De verificarse un ingreso real mayor al previsto, el mismo ser� descontado del certificado de la Obra OMSA correspondiente al mes siguiente en que fuera efectuada la verificaci�n--------------------

La variaci�n en menos del ingreso previsto en el FLUJO DE INGRESOS, no dar� lugar a reclamo alguno por parte del ENTE CONCESIONARIO, siendo tal hecho - considerado como riesgo empresario.-----------------------------------------

Ser� de aplicaci�n a la Obra OMSA lo establecido por el Decreto N� 1295 de fecha 19 de julio de 2002 de Redeterminaci�n de Precios y su normativa complementaria, tom�ndose el rubro "Repavimentaci�n" para su c�lculo.-

CL�USULA S�PTIMA: PLAN DE OBRAS. La Obra de Operaci�n, Mantenimiento y Servicios de Apoyo (OMSA), junto a las Obras de Reacondicionamiento de Infraestructura (ORI) y las Obras Nuevas (ONU) descriptas en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES T�CNICAS PARTICULARES de las PAUTAS CONTRACTUALES, conforman el PLAN DE OBRAS objeto de la presente CONCESI�N.

CL�USULA OCTAVA: INICIO DE LA OBRA OMSA. Tomando en consideraci�n los t�rminos de la presente ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N CONTRACTUAL, el primer certificado de la Obra de Operaci�n, Mantenimiento y Servicios de Apoyo (OMSA), contemplar� las cantidades ejecutadas acumuladas desde el 1 de mayo de 2013 hasta la fecha de emisi�n del certificado referido, conforme las previsiones de las PAUTAS CONTRACTUALES.-----------------------------------

Todas aquellas tareas de conservaci�n y mantenimiento previstas en el PLAN DE OBRAS establecido en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES T�CNICAS PARTICULARES de las PAUTAS CONTRACTUALES, ser�n con cargo a la Obra COMSA. ------------------ --------------- ------

CL�USULA NOVENA: RENUNCIAS: El ENTE CONCESIONARIO manifiesta conocer y aceptar las incidencias econ�mico-financieras qu� pudieran surgir como consecuencia de la presente ACTA ACUERDO y de las causas que dieron lugar a las alteraciones del CONTRATO DE CONCESI�N, renunciando a todo reclamo administrativo y/o judicial y/o demanda fundada en da�os sufridos o menoscabo a su patrimonio que pudieran ocasionarse por cualquier concepto, a ra�z de la presente adecuaci�n contractual.---------- ------ ----- -------- -- --

CL�USULA D�CIMA. PREVISI�N DE JUICIOS. La DIRECCI�N NACIONAL DE VIALIDAD impartir� durante el �ltimo a�o de CONCESI�N, las instrucciones necesarias al ENTE CONCESIONARIO, para que �ste efect�e la previsi�n contable de los juicios iniciados en su contra. ------

A esos fines, el ENTE CONCESIONARIO deber� individualizar las acciones judiciales iniciadas por terceros con motivo y/o en ocasi�n de la CONCESI�N y estimar los montos involucrados en las mismas, a efectos de evaluar su incidencia en la liquidaci�n final y cierre de la CONCESION ------------

CL�USULA D�CIMA PRIMERA. INDEMNIZACI�N DEL PERSONAL.

A la finalizaci�n de la CONCESI�N, el siguiente CONCESIONARIO del CORREDOR VIAL ser� el continuador de la tot�lidad de los contratos de trabajo del personal que prestare servicios para el ENTE CONCESIONARIO a la fecha de traspaso de la CONCESI�N. Por ello, el nuevo CONCESIONARIO afrontar� la indemnizaci�n del personal, sin que corresponda en ning�n caso al actual ENTE CONCESIONARIO el pago de indemnizaci�n alguna.----------------------------

CL�USULA D�CIMA SEGUNDA. ENTRADA EN VIGENCIA. Las partes acuerdan que la presente ACTA ACUERDO y sus PAUTAS CONTRACTUALES entrar�n en - vigencia a partir de la notificaci�n de su aprobaci�n por Acto Administrativo de la AUTORIDAD D� APLICACI�N.----------

CL�USULA D�CIMA TERCERA. FACULTADES PARA LA CELEBRACI�N DEL ACTA ACUERDO. Jos� Dar�o CLEBA�ER (DM N� 17.147.388), declara bajo juramento contar con facultades suficientes para la celebraci�n del presente ACTA ACUERDO, en nombre y representaci�n del ENTE CONCESIONARIO. En prueba de conformidad, se firman DOS�(2) ejemplares de un mismo tenor y a un s�lo efecto, en la CIUDAD AUT�NOMA DE BUENOS AIRES, a los ����d�as del mes de Abril de 2013.

En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un s�lo efecto, en la CIUDAD AUT�NOMA DE BUENOS AIRES, a los ----------------d�as del mes de Abril de 2013.

ACTA ACUERDO DE ADECUACI�N CONTRACTUAL

CORREDOR VIAL AUTOV�A LUJ�N - CARLOS CASARES

ANEXO 1: PAUTAS CONTRACTUALES

ANEXO A: PLIEGO DE ESPECIFICACIONES T�CNICAS GENERALES -

ANEXO: FLUJO DE INGRESOS PROYECTADOS 

ANEXO B: PLIEGO DE ESPECIFICACIONES T�NCINAS PARTICULARES

- (*) ANEXO 1: Obras de Reacondicionamiento de Infraestructura (OR1)

- (t) ANEXO II: Obras Nuevas (ONU)

- (*) ANEXO III: Obra de Operaci�n, Mantenimiento y Servicios de Apoyo (OMSA)

- (*) ANEXO IV: Especificaciones T�cnicas Particulares m ANEXO II: CUADROS TARJFARIOS.

-(*) Nota: Estos Anexos obran por cuerda separada.

 

 

ANEXO