1991
Con referencia a la demora en la
convocatoria a la Asamblea General Ordinaria que trata el presente temario,
cabe formular las siguientes aclaraciones:
Como ya se indicó en la memoria a
consideración de los señores accionistas, los Decretos P.E.N. N° 327/91. 388/91
y 527/191, tuvieron incidencias de orden legal y económico, que demoraron el
desenvolvimiento operativo y administrativo de esta concesionaria
Además el objeto de esta empresa
- Concesionaria de Obra Pública - como consecuencia de la ley 23.696. de
Reforma del Estado, significó el desenvolvimiento en una actividad nueva en
nuestro país, como es la explotación de la red vial por el sistema de peaje,
con el inevitable período de adaptación tanto en los órdenes legales, como
económicos y administrativos.
Por decreto N° 527/91 del 27 de Marzo
se autoriza el reinicio del cobro a partir del 1° de Abril con una reducción
general en las tarifas, y en el caso del Puente Oral. 3elgrano se establece que
la tarifa abonada sirve de ida y vuelta cualquiera fuere el número de viajes en
el día, anula el régimen oneroso de la concesión y establece un subsidio
mensual fijo como compensación por la-disminución de los ingresos.
Con estas nuevas pautas, establecidas
en forma unilateral por parte del Estado Nacional, se inició el cobro del
peaje, en las
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Fuente: MEMORIAS Y BALANCES VIRGEN DE ITATI CONCESIONARIA DE OBRAS VIALES S.A. (1991-2003).