MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 730/95
Aprobación del Contrato de Concesión suscripto por el Ministro con Trenes de Buenos Aires S.A. (en formación).
Bs. As., 23/5/95
VISTO el Expediente Nº 057/93 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - SECRETARIA DE TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1143 de fecha 14 de junio de 1991 se estableció el marco normativo para el otorgamiento de las Concesiones de Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros —de Superficie y Subterráneos— del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, a través del procedimiento de Licitación Pública.
Que por Resolución Nº 1456 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 13 de noviembre de 1991 fue aprobado el Pliego de Bases y Condiciones Generales a regir en las Licitaciones Públicas de Carácter Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros comprendidos en el precitado decreto, clasificados en SIETE (7) grupos, entre éstos los Grupos de Servicios 1 y 2 correspondientes a los servicios de las Líneas MITRE y SARMIENTO de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA.
Que por Resolución Nº 134 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 29 de enero de 1992 fueron aprobadas las Condiciones Particulares de la Licitación Pública correspondiente a dichos Grupos de Servicios 1 y 2.
Que mediante Resolución Nº 884 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 21 de julio de 1992 se declaró calificado en los términos del Artículo 22.2. (Sobre Nº 1) del citado Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación, al oferente BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. — COMETRANS S.A. — BURLINGTON NORTHERN RAILROAD COMPANY — MORRISON KNUDSEN CORPORATION, INC. Y S.K.S. S.A.C.C.I.F.A. y M.
Que por Resolución Nº 1248 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 3 de noviembre de 1992 se lo declaró también calificado en los términos del Artículo 22.3. (Sobre Nº 2-A-Adicional).
Que mediante Resolución Nº 67 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 12 de enero de 1993, se lo designó, en base a la oferta financiera conjunta contenida en el correspondiente Sobre Nº 2-B-Adicional, Preadjudicatario de los Grupos de Servicios 1 y 2.
Que por Resolución Nº 704 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 18 de mayo de 1995 se autorizó la nueva conformación del Preajudicatario y se adjudicó a COMETRANS S A.; MK RAIL CORPORATION Y BURLINGTON NORTHERN RAILROAD COMPANY la concesión de la explotación de los servicios ferroviarios de pasajeros de las Líneas MITRE y SARMIENTO de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA, aprobándose al propio tiempo el estatuto definitivo de la sociedad anónima concesionaria.
Que dentro del término previsto por el Artículo 26.1. del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación, el Adjudicatario dio cumplimiento a su obligación de constituirse bajo la forma de sociedad anónima, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.550 (T.O. 1984), con el nombre de TRENES DE BUENOS AIRES S.A., acreditando asimismo haber iniciado los trámites de inscripción correspondientes ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.
Que el correspondiente Contrato de Concesión y sus Anexos fue suscripto por el señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos en representación del ESTADO NACIONAL y por la firma TRENES DE BUENOS AIRES S.A. (en formación), habiéndose acordado por las partes la modificación del programa de inversiones que se consigna en el Anexo XXVI del referido contrato por constituir una mejora favorable al interés público y ser ello acorde con la facultad prevista por el Artículo 2.2 b) in fine y 16 primer párrafo de las Condiciones Particulares de la Licitación.
Que celebrado el contrato de concesión ad-referendum del PODER EJECUTIVO NACIONAL, procede resolver su aprobación a mérito de los antecedentes obrantes en las actuaciones.
Que en atención a las disposiciones del Artículo 26.4. del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación, corresponde otorgar la exención prevista por el Artículo 31 de la Ley Nº 19.550 (T.O. 1984).
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha tomado en estas actuaciones la intervención que le compete.
Que asimismo, la COMISION BICAMERAL PARA LA REFORMA DEL ESTADO — LEY 23.696, ha tenido conocimiento de lo actuado en el presente.
Que el servicio de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado en estas actuaciones la intervención que le compete.
Que el pronunciamiento respectivo encuadra en las atribuciones del Artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional y en la Ley Nº 23.696.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase todo lo actuado por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS con motivo de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros correspondientes a los Grupos de Servicios 1 y 2 (Líneas MITRE y SARMIENTO) de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA.
Art. 2º — Apruébase el Contrato de Concesión y sus Anexos suscripto por el señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos con TRENES DE BUENOS AIRES S.A. (en formación) que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Art. 3º — Las sociedades integrantes del Adjudicatario no estarán sujetas al límite establecido por el Artículo 31, primer párrafo, de la Ley de Sociedades Nº 19.550 (T.O. 1984) y sus modificaciones.
Art. 4º — Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS para efectuar las interpretaciones, aclaraciones y modificaciones que sea necesario realizar al Contrato de Concesión que se aprueba por el presente decreto.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Domingo F. Cavallo.